Que prevalece una escritura antigua sin registrar o el catastro

Estoy pensando en comprar una parcela que en escritura pone 340 metros y en el catastro son 285 metros.

Dicha escritura es muy antigua y no está en el registro de la propiedad.

El problema esque no está dividida con la finca colindante y no sabemos que metros tomar de referencia porque el propietario de la otra finca no quiere ayudarnos. Para evitar problemas en el futuro

Y también quería preguntar como funciona el derecho de retracto.

4 respuestas

Respuesta

Una parcela si no está registrada no me parece fiable pues de esa forma sabe a quien pertenece .

Un propiedad sin registrar corre un riesgo por ejemplo para poder pasar una autopista si no está registrada no le pagan.

¿Además quién vende la finca? Tiene que tenerla registrada a su nombre . Y los metros son los de la escritura.

Es una escritura de donación de 30 años si consta el nombre de la propietaria pero creo que la gente mayor antes no acostumbraba a registrarla en el registro de la propiedad.

Hacían escrituras ante el notario y separaba las fincas mediante piedras (hitos) 

Lo que no tengo claro es para cerrarla si no hay una delimitacion clara.si prevalece la escritura ante todo

Gracias

Quizás otro experto más sabio le responda más ampliamente que yo, esperemos que si, suerte ante todo .

Respuesta

Prevalece lo que diga la escritura. Antes estos documentos no se registraban.. El catastro se puede hacer rectificar.

Respuesta

Ni una ni otra, cuando hay incongruencia entre los documento la ley dice que tendrá validez las medidas que tome el tasador cuando haga la valoración de la finca, que tendrá que ser un ingeniero o perito agrónomo. Él tomará las medidas con los instrumentos adecuados y dará fe de la medida real y que figurará en el informe.

Respuesta

Con independencia del catastro y de lo que figura en la escritura, único título de propiedad, la adquisición de esa finca en esas condiciones, no es recomendable, fundamentalmente porque, según dice usted, no existe línea divisoria con el colindante, con lo cual eso es lo primero que hay que hacer y, a continuación, calcular la cabida de esa finca.

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