La comunidad de propietarios puede prohibir la instalación de un toldo?

Tengo medianamente claro que para instalar un toldo necesito el visto bueno de mi comunidad, además de la correspondiente autorización municipal. Ahora bien, teniendo en cuenta que se trata de un elemento que pudiera considerarse necesario para una adecuada habitabilidad, ¿podrían denegarme o prohibirmelo la comunidad de propietarios? Yo tengo entendido que no, pero sí fijar un tipo concreto de toldo, un color determinado de la tela o unas condiciones determinadas de cara a normalizar y unificar este tipo de instalaciones en un futuro, pero no prohibirlo sin más. Esto es lo que quería confirmar.

Como antecedentes citar que se trata de una comunidad de playa, que no existe ningún toldo instalado en la actualidad (en el pasado sí hubo algunos) y que los estatutos no recogen nada al respecto (ni afirmativa ni negativamente). Se trataría de la instalación de un toldo en la terraza de un ático.

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¿Lo has propuesto en una asamblea de propietarios?

Aún no porque las relaciones con la comunidad no son muy buenas que digamos, pero lo haré. Previamente quería armarme de argumentos para plantearlo correctamente y asegurarme que no me lo pueden negar simplemente por un capricho.

Tengas o no buena relación con los otros copropietarios me temo que tu propuesta no prosperará. Pero se dice que “el no ya lo tienes”. Pídele por escrito al presidente que lo incluya como punto a tratar en la próxima asamblea y, cuando llegue el día, ármate de argumentos: ventajas técnicas de poner un toldo, fotos de casos parecidos, presupuestos, recomendaciones de los fabricantes, etc.

O sea, bajo tu punto de vista pueden prohibirme la instalación de ese toldo aunque sea un elemento de habitabilidad y no atente contra la estética ni ponga en peligro la estructura del edificio. Te haré caso y lo solicitaré por escrito con toda la argumentación posible, pero sigo pensando que me parece un grave prejuicio que se prohíba sin ningún tipo de motivación. Lo más sensato sería que se adoptase un modelo concreto de toldo y unas características comunes que todos los propietarios hayan de cumplir en el futuro. Un saludo

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La Comunidad, en efecto, puede denegarle el permiso, aunque sería extraño.

Como obra fija que afecta a elementos comunes (fachada y estética del edificio), la instalación de un toldo requiere de autorización comunitaria. Pero, como usted mismo indica, lo normal es que se permita, por necesario, y que simplemente se fijen unas normas comunes para garantizar que la estética del edificio se mantiene uniforme, fijando modelos y colores.

Ahora bien, si llegara el caso en su Comunidad de que no le autorizasen la instalación, podría usted impugnar el acuerdo y no sería extraño que un juez fallase en su favor, reconociendo la necesidad de ese elemento, en el país en el que vivimos. El inconveniente de la vía judicial es que es camino costoso, en tiempo, dinero y estrés.

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La normativa es que no y menos de un toldo, tan necesario. La condición es que no rompa con la armonía o estética del conjunto. Es decir si hay algunos verdes, no colocar otro rojo, por ejemplo.

Supongo tendréis administrador, consúltalo a fin de asegurarte y comentar el modelo o color mas apropiado, para evitar disgustos.

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