Administrador indica que no puede celebrar una junta

Hemos tenido un reunión de vecinos y se pidió a la administradora explicaciones de por qué no informó a los vecinos de que las cuenetas estaban en negativo en nuestra cuenta bancaria, debido a lo cual nos han cobrado durante 2 meses comisiones bancarias por descubierto.

Para más cachondeo cuando se le preguntó que por qué no nos informó durante el primer mes de este estado, para en todo caso, abonar una cuota extraordinaria y no pagar mas comisiones de descuerto, nos indica que para cobrar una cuota extraordinaria es necesario aprobarlo en junta y que ésta no se puede celebrar porque según indica el BOE están prohibidas y palabras textuales: "bueno, solo fueron 39 euros comisión por descuerto bancario"

Es impresionante.

Respuesta

Lo de que hay que aprobar los gastos en junta tiene toda la razón. Pero eso de que las juntas extraordinarias están prohibidas... debería darle mucha vergüenza a ese administrador decir un disparate como ese.

Volviendo a los gastos, no se indignen ustedes tanto, porque si la cuenta de la comunidad se ha quedado en descubierto es porque ustedes, los propietarios, han aprobado un presupuesto demasiado "conservador" y no han previsto esos gastos o no han querido preverlos para no pagar más cuota, y eso incluyendo el 5% de previsión de fondo de reserva al que obliga la ley. La próxima vez paguen un poco más de cuota, aumentando el presupuesto y no se verán en esas situaciones.

Buenos dias,

Gracias por su respuesta.

Le comento que teníamos un fondo de reserva de 6000 € aproximadamente que se han gastado en obras de conservación del edificio. Esto no es lo que me molesta y me parece razonable pagarlo si es necesario.

Lo que realmente nos molesta es que la administradora no nos avisó de los números rojos en nuestra cuenta (porque según ella no se podía celebrar una junta para aprobar un cuota extra) y pagar al mes siguiente más comisiones de descubierto innecesarias. Es decir, la administradora decidió por todos nosotros que teníamos que pagar esa comisión. 

Pero ¿quién se cree que es para jugar con el dinero de todos nosotros? 

Está claro que piensa que somos estúpidos.

Le comento que si ha habido obras de conservación del edificio, debió de haberse aprobado una derrama extra para acometerlas sin tirar del presupuesto ordinario, ¿se hizo así o se tiró del fondo existente? Si no se hizo, creo que cometieron un error tanto los propietarios como la administradora y eso dio lugar a que ahora estén sin fondos. Bajo mi punto de vista es un error de ambos, aunque en el caso de la administradora es peor porque es una profesional y debió prever lo que podría pasar y advertirlo en la junta.

En cuanto a los números rojos, debió comunicárselo al presidente para que decidiese si convocaba junta extraordinaria para acometer la falta de fondos. Me parece poco profesional el comportamiento de la administradora, basándome en lo que he leído aqui.

Gracias por su respuesta pero no entiendo por qué dice que es un error de ambos. Yo soy una propietaria y no tengo acceso a las cuentas de la comunidad, por lo que, no puedo saber el saldo en cada momento. Recuerdo que en la anterior reunión había un fondo de 6000 euros pero nada mas.

Con esa frase de "no tengo acceso a las cuentas de la comunidad" supongo que se refiere usted a la cuenta bancaria, a la que solo debe tener acceso el administrador, presidente y quizás alguien más (vicepresidente, etc.), aunque usted como propietaria tiene todo el derecho de conocer en cualquier momento el saldo y movimientos de esa o esas cuentas bancarias.

Pero si se refiere a las cuentas de gastos e ingresos, así como presupuestos de la comunidad, usted como propietaria tiene TODO el derecho de conocerlas y de pedir informaciones y explicaciones sobre ellas, en cualquier momento y el administrador tiene la obligación de enviarlas a los propietarios, como mínimo una vez al año, aunque algunos lo hacen cada 3 o 6 meses.

Por tanto, cuando digo que es un error de planificación de ambos (propietarios y administrador), me refiero a que ambas partes deben conocer las cuentas del ejercicio antes de la junta, así como el presupuesto que propone el administrador y con ellas a la vista ustedes deciden el presupuesto a aprobar. Supongo que su administrador, como es normal, se las habrá enviado con varios días de antelación a la junta en la que se aprobaron. ¿No ha sido así?

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Que explique si las juntas están prohibidas (cosa que no es cierto) (dígale que se lea correctamente el Real decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo), ¿cómo es que se ha celebrado la última junta?

Con respecto al «fondo de reserva«, la Ley de propiedad Horizontal se ha visto modificada por el el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo, que ha cambiado algunas cuestiones relacionadas con el porcentaje que hay que destinar a dicho fondo (ha pasado del 5% al 10%

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