La norma general es que todo lo que no está prohibido, está permitido.
Partiendo de esa base, para saber si se pueden hacer barbacoas o si se puede hacer ruido, habría que analizar varias cosas.
En primer lugar, habría que conocer la normativa municipal, para saber si prohíbe o restringe de alguna forma la posibilidad de hacer barbacoas en las terrazas. Según la zona, es habitual que se limiten las mismas en ciertos períodos del año, principalmente por el riesgo de incendios. Por otra parte, los ayuntamientos también establecen normativas en relación a los niveles de ruido y horarios, para evitar las molestias y permitir el descanso. Pero esta normativa es específica de cada municipio y deberá consultar la del suyo.
Por otra parte, el artículo 7.2 de la Ley de la Propiedad Horizontal establece que:
"2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas"
Está claro que, depende de cómo sea la estructura de los patios que comenta, el hecho de hacer barbacoas puede ser una actividad molesta para los vecinos. Por ejemplo, si esos patios no tienen una muy buena ventilación, si están muy próximos a las viviendas, si el edificio es alto, etc., puesto que el humo va a molestar a los vecinos que se encuentren por encima.
Finalmente, decirle que la Comunidad puede establecer unas normas de régimen interno, que constituyen un reglamento de obligado cumplimiento, en el que regular el uso de las zonas comunes (eso incluye las zonas comunes de uso privativo).
En cualquier caso, como siempre, resolver problemas de convivencia, como es el caso, no es tarea fácil.