¿Puedo devolver una pensión compensatoria, anulada por la audiencia, mensualmente .. Que es cómo se pago?

En la resolución de un recurso a Audiencia Provincial, estiman que debo devolver a mi ex marido las cantidades que el juez marco de Pensión Compensatoria, estas cantidades las he recibido durante dos años mensualmente, me gustaría saber si las puedo devolver de la misma forma, ¿o es necesario que la devuelva de golpe? Y también dónde lo pone, para poderlo justificar.

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Mediante justificantes del banco de la cuenta bancaria donde se realizara esos ingresos mensuales, allí aparecen las cantidades y el concepto de las mismas.

Si no aparecieran el concepto en el mismo banco te dan un justificante con esas cantidades y el nombre de la persona que las ingresa en este caso y el banco de procedencia o si era ingresos en efectivo etc etc.

2: Acudir al juzgado de tu ciudad y pedir allí un abogado de oficio para realizar este trámite,

3: El abogado cuando exista la vista con el juez ya obtendrá las condiciones de devolución de las cantidades que le pidan que se devuelva.

Normalmente si es una cantidad muy elevada se puede ingresar fraccionadas en el tiempo que el juzgado estipule, depende de las condiciones económicas que se encuentre la persona afectada, en este caso tú.

Cada caso es distinto, por eso lo mejor es ir primero al banco a que te den una copia de los ingresos realizados de esa pensión, y después al juzgado.

¡Gracias! No entiendo muy bien.. lo de los justificantes

pero bueno.. concretamente ¿necesito un abogado para que le pida al juez que lo ingrese fracionadamente?

Si los justificantes de los ingresos mensuales de la pensión compensatoria, cómo se hicieron mediante ingresos bancarios o transferencia bancaria pues en el propio banco te sacan unos papeles donde se ven esos ingresos mensuales y de dónde provienen y tb que pongan el concepto de lo que era, en este caso sería pago de pensión etc...

Así esos papeles te sirven de justificantes para demostrar la cantidad exacta que recibiste etc.

Luego lo mejor sería ir al juzgado y pedir abogado de oficio y así el abogado se encarga de tener cita judicial y gestionar como hacer pago de devolución de la pensión compensatoria que te reclaman ahora.

Tb puedes intentar hacer las gestiones tú y que te den cita judicial pero yo por ejem ni sabría hacerlo por eso te digo que yo lo haría así, pediría un abogado de oficio que para eso están allí en el juzgado o en el colegio de abogados y les pagan por eso jeje.

Conozco el caso de otra persona que hace años tuvo que devolver una cantidad de dinero que le habían dado por orfandad y beca de estudios, y la tuvo que devolver pq hay un plazo para cobrar ese dinero para que un huérfano termine la ayuda de quedan hasta los 18 la orfandad pero si sigue estudiando era hasta los 22 y como estuvo más tiempo y luego no demostró ni consiguió la titulación pues le pedían que devolviera el dinero de los 4 años de más etc etc.

Lo devolvió en cantidades mensuales pq estaba en el paro en ese momento de la reclamación y se tiró años pagando la cuota mensual que le exigieron la audiencia provincial .

Respuesta

Normalmente cuando ocurre algo así ya te dicen la forma de, devolución del dinero por esa razón si hay una sentencia tendrían que extipular las formas de pago .

Pues no! no pone nada y mi abogada me ha dicho que lo lógico es que se lo pague de una vez porque es un cobro indebido... vamos que él ha estado ingresando mes a mes y ahora yo se lo tengo que devolver de una vez.. algo que no veo lógico, la verdad!

Me parece injusto y lo lamento, tendría que ser fraccionado eso es lo que yo opino .

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