Separación de matrimonio estando jubilado.

Mi nombre es Nat. Mi madre es la que tiene el problema. Hace un año mis padres se separaron de mutuo acuerdo. Mi padre se marcho de casa y se fue a vivir a la casa de mi madre que tiene en pueblo (herencia de sus padres). La pensión de jubilado la compartían ambos en el mismo banco al 50%, incluido los gastos de cada uno. Este mes y sin previo aviso mi padre ha retirado la pensión y ha dejado a mi madre sin nada. Estamos ahora de abogados. La parte contraria dice que quiere 20 millones de la antiguas pesetas y pasar a mi madre 200 euros de pensión.
Lo del dinero, viene dado porque mis padres el año pasado decidieron hacer ante notario lo siguiente:capitulación de bienes por un lado, hacerme a mi una Donación de un piso en Madrid y el piso que tenían en Alicante Cedérselo a mi propia madre; este último movimiento el de cesión, requería el liquidar un dinero que nunca le fue pedido a mi madre. Ahora lo requiere pero multiplacado por 10. Tenemos esas dudas. Que podobilidades tenemos ante un juicio. ¿Puede mi padre dejar a mi madre en la indigencia? ¿Si liquidados el dinero pendiente de la cesión, no tendremos que darle más?
Los años de convivencian de ambos son alrededor de 47. Si necesitas más aclaración comunícamelo.

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Estimada Nat, para poder ofrecerte un asesoramiento concreto necesitaría examinar los documentos que me comentas.
En primer lugar necesitaría ver una copia de la Sentencia y del Convenio Regulador de separación que aprobó el Juzgado para ver exactamente como quedó reflejado todo y poder decirte si hay posibilidades de ejecutarla por el incumplimiento de tu padre.
Al margen de ello me comentas se hizo una operación notarial de capitulaciones matrimoniales que implicaban una donación y una cesión. Necesitaría ver también este documento para poder informarte de las obligaciones concretas que por ellos asumió tu madre y de este modo poder informarte si tenéis alguna posibilidad legal.
Soy abogada especializada en Derecho de Familia y me ofrezco a asesorarte, pero para ello necesito que me remitas a mi correo profesional una copia de los documentos que te he comentado. Si estás interesada puedes remitirmelo a mi dirección [email protected].
Hola experta, soy Nat.
Te comento la separación no se hizo efectiva en el juzgado osea no hay convenio regulador ni sentencia lo hicieron de mutuo acuerdo. Pero el pasado mes de febrero mi padre falto en el ingreso de la pensión como venia haciendo durante un año( se puede demostrar porque lo hacia mediante cuenta bancaria común).
Lo único que nos pueden reclamar en las operaciones notariales que hicimos, es la parte de la escritura de cesión, porque hay un dinero pendiente de compensar a mi padre que supone un total de 40.000 euros más interés, que el nunca reclamó, hasta ahora.
Ahora tendremos que realizar el convenio regulador, ¿pero lo que no vemos viable es que a mi madre le den solo 200? Para vivir, porque creo que la convivnecia de 47 años con una persona no es suficiente pago.
Gracias por contestarme. Si puedo acceder a las escrituras te enviaré una copia, para que las veas.Un saludo cordial Nat.
Estimada Nat, al margen de que me envíes si puedes la escritura para que le eche un vistazo, decirte que para poder asesorarte sobre si la pensión compensatoria que tu padre y su abogado han ofrecido a tu madre es proporcionada, tendría que saber que ingresos mensuales tiene tu padre y si tu madre percibe algún ingreso (por trabajo, por cualquier tipo de prestación, pensión...)
Hola amable experta. Gracias por contestarme nuevamente.
¿La pensión que tiene mi padre es de 1200? Al mes, ¿y pretendidamente solo quiere pasarle 200? ¿Al mes . Yo creo que si vamos a juicio el juez le daría más de 200?. Mi madre por su parte tiene 68 años y ha trabajado como ama de casa sin ningún tipo de retribución.Ha estado 47 años de convivencia.
¿Cómo le comente en su momento lo único que tenemos pendiente, es el pagar un dinero que mi madre adeuda a mi padre de 39000?. ¿Hay alguna posibilidad de no pagarle esa cantidad de dinero a mi padre aunque se lo debamos?
Un saludo cordial, muy agradecida. Nat.
Estimada nat ante todo perdona por no haberte contestado antes pero he estado muy liada con asuntos del despacho que me han impedido atender las consultas de foro como me gustaría.
Respecto a la cuestión que me comentas relativa a la pensión compensatoria de tu madre, decirte que tu madre tendría derecho a una pensión vitalicia, es decir de por vida. Las razones, por su edad actual, por sus 47 años de matrimonio dedicada al cuidado de la casa y de los hijos, por su imposibilidad de acceso a un empleo, su no capacitación profesional, etc...
Para determinar la cuantía de esa pensión que debería abonar tu padre, no solo se tienen en cuenta los ingresos de tu padre, es decir, la pensión, sino también las cargas, los gastos que tiene, por ejemplo, si ha tenido que marcharse a vivir de alquiler, ese gasto tendría que tenerse en cuenta para sacar la cifra. Si como me comentaste tu padre se ha ido a vivir a un piso de tu madre este gasto no lo tendría.
La cuantía suele ser un porcentaje de esa cifra que nos sale después de descontar de los ingresos los gastos.
Ese porcentaje lo fija el Juez en caso de desacuerdo entre las partes, por lo que no hay una tabla orientadora en este sentido sobre la que fijarlo, sino que depende de cada caso concreto. En casos similares a los de tu madre, teniendo en cuenta su edad y la duración del matrimonio si te puedo decir que se ha fijado entorno a un 35% de los ingresos netos del marido.
Por lo tanto, a priori si el neto de tu padre coincidiera con la pensión que percibe y no tuviera más gastos, ¿la pensión para tu madre debería ser de unos 400?.
En cuanto a la forma de pago de la pensión, se puede pactar que se pague una renta vitalicia de modo mensual o bien se puede pagar a través de una cesión de bienes.
Me explico, la única forma de no pagar ese dinero que comentas le debe tu madre a tu padre por la cesión del piso sería sustituyendo esa pensión compensatoria por la entrega de un capital en bienes.
Es decir, tu madre se queda con la vivienda que tu padre le cedió y en el Convenio Regulador de separación se tendría que recoger para que tu padre nunca pudiera exigirle ese dinero.
Se diría algo similar a que teniendo derecho tu madre a una pensión compensatoria por desequilibrio por acuerdo de ambos cónyuges el pago de esa pensión compensatoria se realiza a través de una cesión de bienes, y reflejar el bien concreto que se le cede, dando los datos de la escritura notarial.
Es una opción pero tu madre tiene que estar muy segura de que es lo que le interesa, me explico, si se pacta el abono de la pensión por la cesión de bienes, ella no tendrá derecho a percibir cada mes una pensión de tu padre, ya que con esa cesión de bienes se dará por pagada.
En definitiva, es una opción que debéis valorar haciendo números y viendo si os interesa, ya que cada situación es única.
Espero que mi respuesta te haya sido de ayuda, para cualquier otra cuestión estaré encantada de ayudarte.

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