¿Se avisa la subida del alquiler a un inquilino con un mes de antelación o sólo el mes antes?

En un contrato que cumple anualidad el próximo 1 de agosto, cuando la LAU se refiere a la subida de la mensualidad por IPC que "será exigible a partir del mes siguiente" se refiere a un con un mes de antelación o sólo el mes antes?

Por ejemplo, yo el 25 De Julio puedo notificar que el 1 de Agosto ya pague el inquilino la renta actualizada (notifico el mes antes es decir Julio da igual el día que en el mes siguiente es decir Agosto ya lo pague) o se refiere a un mes de antelación (lo que son 30 días) es decir tendría que pagarla ya en la mensualidad del 1 de septiembre?

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Como es natural, la subida de IPC del mes de agosto, cuando cumple el contrato, la conocerás en septiembre, que es cuando el INE la publica. Por tanto, no puedes cobrarlo antes.

Por tanto, en Septiembre envías un aviso al inquilino diciendo:

"La subida del IPC correspondiente al mes de Agosto, ha sido (pongamos el 2%) "

"El alquiler, queda pues, actualizado a partir del mes de Septiembre en (importe actual+2%)"

Como el mes de Agosto se hizo efectiva la cantidad de: (importe cobrado) queda pendiente de abonar: (la diferencia del 2%) en la forma acostumbrada.

Si ya te hubiese pagado, al envío del aviso el mes de septiembre con el mismo importe de agosto, pues modificas el texto, incluyendo que te debe los atrasos de Agosto y Septiembre para regularizar, siendo pues la cuota actualizada a partir de Octubre de:...

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