Es necesario renovar cargos en cada junta ordinaria

Básicamente es el titulo de la pregunta si es necesario que el administrador renueve cargos.

¿En el caso de no renovarlos se entiende que no es administrador en el momento de finalizar la reunión? ¿Entiendo qué fue por olvido en el acta tampoco lo puso?

¿Cuál es la forma de proceder?

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El administrador no es quien renueva o confirma la continuidad de los cargos (presidente y secretario); es la junta de condominio en su reunión ordinaria anual.

A lo que yo estoy acostumbrado es a que el administrador pregunte o se ofrezca al final de la reunión de seguir o de si queremos  que siga siendo pero si ni el administrador ni la junta renueva los cargos que pasa

En las convocatoras a Juntas, ordinarias o extraordinarias, se fijan los puntos a tratar y, entre ellos, ha de figurar el nombramiento de sus miembros para el periodo siguiente. El “administrador” no tiene voz ni voto en las asambleas. Lo que acostumbra a pasar es que él acostumbra a hacer las funciones. De secretario y por tanto es el que “lee” los puntos a tratar bajo la direcciôn del presidente. No entiendo pues que preguntes “si es necesario que el administrador renueve cargos”. Además, posteriormente a la reunión, el presidente tiene que firmar el acta con los acuerdos que se hayan tomado, y despues debe enviarse a todos y cada uno de los propietarios una copia por si alguno quiere impugnarla. Estás en tu derecho si algo no te parece bien. Tienes un plazo para hacerlo. Léete la LPH..

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