Como puedo modificar el contrato de alquiler de vivienda por divorcio

Soy propietario de un piso, en el 2015 lo alquile con contrato a un matrimonio marroquí, ahora se han separado y el esposo me pide que le haga un contrato nuevo sólo a su nombre. La pregunta es: Puedo hacer dicho contrato respetando la fecha del 2015, me puede perjudicar si lo hago, o debo hacer un anexo con la incidencia de la separación y siguiendo en vigor el contrato del 2015, si es así me pueden facilitar algún modelo.

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Respuesta

No veo la necesidad de hacer un nuevo contrato por ese motivo, más bien parece que el anterior ha agotado su duración, ya que lleva 7 años, y en esa época, 2015, la duración forzosa para el casero era 3+1 años. ¿Qué duración se pactó inicialmente?

No se pacto ninguna duración, yo no quiero hacer otro contrato, es el arrendatario quien lo pide, no quiere que en el contrato figure la ex esposa, parece que quiere traer a otra señora de marruecos para vivir con ella

En tal caso ese contrato se encuentra en tácita reconducción, lo cual quiere decir que se prorroga mes a mes o año a año, dependiendo de que el alquiler esté pactado por mensualidades o anualidades.

Si usted, en este momento, hace cualquier modificación, ese contrato pasará a tener una duración de 5+3 años, contados a partir de la fecha de esa modificación. Usted decide.

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