Obligar a cumplir el Artículo 17.4 de la LPH

En la junta de vecinos se ha aprobado renovar todas las instalaciones eléctricas de arriba a abajo. Se ha dicho en el acta que es para cumplir con las especificaciones de la distribuidora Iberdrola. Pero no hay ningún informe (ni oficial ni de otra manera) al respecto. Algunos hemos votado en contra porque consideramos que se podría hacer una obra más sencilla y que deberíamos basarnos en un informe de inspección o similar, de alguien competente e independiente.

Pienso que se debería aplicar el artículo 17.4 pero no o van a aplicar, el administrador ni nadie tiene interés en esto ¿cómo obligar a que se aplique este artículo?

2 Respuestas

Respuesta
2

Tenéis 30 días para impugnar el acuerdo. Buscaros un abogado.

… Perdón: TRES meses.

Pero ¿impugnar quiere decir dejar sin efecto el acuerdo? Lo han votado más de 3/5 de los vecinos y estaba en el orden del día. Lo único es que quieren poner instalaciones completamente nuevas (incluidas rozas por toda la escalera) sin una necesidad manifiesta. 

Hablad con un abogado especializado en la LPH. Me suena a caprichoso lo que se ha aprobado hacer pues las eléctricas no exigen actualizar las instalaciones cada vez que cambian las normativas. ¡El tiempo corre!

Respuesta

No se contempla que un acuerdo ya aprobado, sea aplicado a un art.determinado

Los puntos se votan y sino se esta de acuerdo se impugnan

Dice que se ha aprobado renovar, pero no indica el resultado.

Nosotros no podemos saber si esa obra es o no necesaria

Impugnar significa que acude a un juez previa contratación de abogado y procurador, para que dirima si es legal o no el acuerdo, y esto es muy peligroso, por el coste que puede suponer

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