¿Se puede alquilar un inmueble sin aprobación de los propietarios?

Los hermanos de una persona fallecida heredaron un piso en la Comunidad de Madrid. En la herencia se especifica que el uso y disfrute del piso es para su mujer mientras viva. En la actualidad, esta persona está en una delicada situación de salud y no reside en el piso, yéndose a otra comunidad autónoma a vivir para estar con su familia. El tema es que la familia de esta persona ha decidido poner en alquiler el piso comentado. Entonces mi duda es, ¿pueden alquilar el piso sin la aprobación de las personas que lo heredaron?. En el caso de que sea que sí, ¿quiénes tienen que hacerse cargo de ese alquiler cuando la persona usufructuaria fallezca? Y si se alquila y la persona usufructuaria fallece, ¿se tiene que mantener el alquiler por un tiempo estipulado?.

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El alquiler es una cuestión posesoria: quien alquila no tiene por qué ser el propietario, sino el poseedor. De hecho, es muy frecuente que sea un no propietario el que alquile, porque lo que se alquila es una llave y el uso pacífico de la vivienda. Por lo tanto, el contrato de alquiler se podría otorgar y debería respetarse estrictamente por parte de todo el mundo. En cuanto al dinero, le corresponde a la usufructuaria y hay que ingresarlo en su cuenta. Cuando ella muera, se abrirá el proceso de herencia con ese dinero, el que sea (testamento o herederos legítimos) que accederán a esos fondos.

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