Como funcionan las arras penitenciales
Hice un contrato de reserva de un trastero que iban a construir en un local en bruto. En el mismo pone que si una de las dos partes se arrepiente, si es la parte compradora tiene que pagar a la parte compradora el doble de lo entregado a cuenta y a continuación el párrafo que literalmente pongo a continuación.
No obstante lo anterior, si transcurridos seis meses desde la firma de la presente reserva el promotor no hubiera obtenido la licencia de actividad de trasteros y/o la conformidad de la entidad acreedora del préstamo hipotecario a la cancelación total del crédito hipotecario, la propiedad devolverá la totalidad del importe abonado de la reserva más el interés legal sin ninguna penalización adicional.
Transcurridos 2 meses desde la firma del contrato de reserva, la inmobiliaria me llama y me dice que finalmente los trasteros no se van a construir porque no hay suficientes personas interesadas en adquirirlos. Yo les estoy reclamando el doble de lo que pague y me dicen que no me corresponde porque la entidad acreedora no les cancela el préstamo hipotecario del local donde se iban a hacer pero no me envían nada por escrito ni sé si eso es cierto o no.
¿Puedo reclamar el doble como creo o no?