Buenas tardes Pedro
Pues no le veo la forma así que más o menos voy a trascribirte la parte substancial de la sentencia:
Parte dispositiva:
1.-Apruebo y homologo la transacción pretendida por las partes en los sig términos:
Estipulaciones... 1.que en Junta Extraordinaria del xxx la Comunidad Propietarios ARBOLEDA ha acordado por unanimidad el reconocimiento a favor de la vivienda 5C propiedad de MARÍA GARCÍA y JOSE GARCÍA, de un derecho de uso exclusivo y excluyente del espacio común colindante con la terraza del 5C, al que se accede mediante puerta existente en la fachada de dicha terraza, ubicado bajo el alero de la cubierta, en la planta bajo cubierta del inmueble con destino a trastero
Estipulaciones... 2.que por su parte MARÍA y JOSE se obligan a usar dicho espacio como trastero y a realizar las necesarias obras de aislamiento acústico y de olores en paredes y suelo del mismo a fin de evitar ruidos y molestias a la vivienda 5B colindante con el mismo
Estipulaciones... 3. que MARÍA Y JOSE procedan a abonar a la Comunidad de Propietarios LA ARBOLEDA la cantidad de xxxEur en concepto de costas devengadas en el proceso ordinario xxx
2.- Declaro finalizado el presente proceso
3.-Llevándose el original de la presente resolución al libro correspondiente dejándose testimonio de las actuación
Notifíquese esta resolución a las partes personadas bla, bla, bla, cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, bla, bla
Ahora la duda como decía en mis primeros post es:
"Ahora que compré el 5C a MARÍA Y JOSE, los del 5B insisten en que no lo puedo usar pues además indican se había acordado que sólo lo podrían usar los anteriores propietarios y si vendían el piso (como así fue), los nuevos propietarios ( o sea yo) ya no disfrutaríamos de ese uso. Sobre ello nada se dice en la sentencia y entiendo algo tan importante debería haber"
¿Consideras yo también puedo seguir usándolo?"
Perdona por el tamaño del post y te agradezco ya de primeras tu atención y por si te parece te dejo mi mail particular ([email protected])