Cómo puede mi pareja conservar el vehículo si yo deseo acogerme a la ley de segunda oportunidad y solo deudas bancarias?

Mi pareja desea conservar su vehículo comprado hace un año y yo deseo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad por deudas exclusivamente con bancos que son anteriores al matrimonio. Estamos de alquiler y lo único que poseemos es el coche. Creo que tiene reserva de dominio (a confirmar). Hay sentencia monitoria de embargo. ¿Cómo podemos conservar el vehículo?

Respuesta

Pasa usted “de puntillas” por dos datos fundamentales, la reserva de dominio y el embargo, ¿se refieren a ese automóvil que quiere conservar?

La reserva de dominio es del coche pero el  embargo no es contra el coche en particular sino contra los bienes materiales y económicos que tenga yo personalmente. El embargo es contra mí, pero tenemos gananciales.

El automóvil, si está solo a nombre de su esposa y además existe reserva de dominio, cosa lógica si lo está pagando a plazos, no se lo pueden embargar por deudas personales de usted.

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