Cambio de tarima por filtración de agua de la comunidad
He tenido una entrada de agua en mi vivienda que ha afectado a la tarima de la entrada. El daño ha sido causado por una filtración de la azotea, por lo que se está tramitando la reclamación mediante el seguro de la comunidad.
Ha venido el tarimista y ha presupuestado la entrada y salón, 25metros, la tarima que hay instalada ya no de fábrica, por lo que al realizar la reparación me voy a quedar con la casa en dos colores. Evidentemente no estoy conforme.
He solicitado a la comunidad que me facilitaran la póliza y he visto que tiene una cobertura particular en la que se indica:
Recomposición estética : Contratada
Limite máximo por vivienda, estancia o local : 2000€
Límite máximo por siniestro: 6000€
En las condiciones generales se detalla:
Recomposición estética, garantizamos:
Los gastos necesarios para restablecer la composición estética existente antes de la ocurrencia de un siniestro amparado por las garantías de la póliza, que afecte al Edificio Asegurado.
La suma asegurada para esta garantía será la que figure en las Condiciones Particulares de la poliza.
No garantizamos:
Los aparatos o elementos sanitarios y sus accesorios, lunas, cristales, espejos, murales y cual- quier otro material decorativo con valor artístico.
El menoscabo resultante, después de la repara- ción o recomposición estética, en habitaciones, recintos o estancias que no hubieran sido afecta- dos en forma directa por un siniestro cubierto por la póliza.
Los daños estéticos de las fachadas del edificio y elementos constructivos exteriores del inmueble.
Pedi presupuesto al mismo tarimista que vino del segruro y me dijo que 40€ metro. ( Tendría que cambiar otros 40 metros más)
Cuando he consultado a la asegurada por la indemnización si no quiero reparar me ofrecen 780€ ( x 25 metros), no entiendo la valoración, ¿Pueden dejarme una casa de 9 años con la tarima de dos colores? ¿Puedo hacer algo para que realicen el cambio completo? ¿Qué me cubre la reposición estética?
Ademas, el tarimista me indica que a el la cia le paga más importe por la reparación que el que a mi me han indicado.
Perdona pero lo veo de otra manera. El seguro de la comunidad no debe atender ese siniestro por la cobertura de daños, sino de responsabilidad civil y ésta alcanza a la totalidad de los daños y perjuicios sufridos. - Pedro abogado