¿Podría ser ilegal el tejado del patio de mi vecino aunque se aprobara en junta hace más de 20 años?

Mis ventanas dan a un patio-manzana y el vecino del primero techó su patio hace más de 20 años. Quedando el tejado de uralita a la altura del suelo de mi vivienda.

¿Cómo puedo averiguar si es legal o no?

5 Respuestas

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1

Ante todo estoy de acuerdo con la contestación del profesor Francisco Poveda y explicaré lo ocurrido con una vivienda de nuestra propiedad !

Estando nosotros ausentes en el extranjero al regreso nos encontramos con la sorpresa de que la tetraza está cubierta por un tejado .

En esos momentos dejamos el tema de lado aunque fué desagradable pues la estética dejaba mucho que desear, transcurren los años, y otra vez en nuestra ausencia cambian el tejado por uno de metal que con el sol no podía uno asomarse a la galería. Y es cuando acudimos a nuestro abogado.

Resultado final, el Juez dictó retirada del tejado y volver la terraza a su estado primitivo, luego leyendo todo lo relacionado escrito por el Juez había muchos precedentes en nuestra ciudad !

Luego la comunidad pagó los gastos ocasionados .

¡Gracias! 

La contestación mía está dirigida a la persona Aurelio García, Y le diré más datos en ese tejado ya sabe caen todas las cosas que caerían en la terraza, la lluvia hace más ruido, eso perjudica al 2° p.

Un propietario no puede hacer una obra que perjudique a su vecino ! Todo eso lo pone en la resolución del tema en cuestión.

Lo dice un Juez no yo, por tanto ni en 20 años puede una persona hacer obras perjudicando al prójimo, para eso están las las leyes .La forma del consentimiento tácito no siempre tiene validez ante un Juez Por cierto el dueño de la terraza no superó retirarla vendiendo el inmueble a bajo precio. Aún así dejó un pequeño tejadillo en una esquina, que ahora aprovechando que estaban en obras los nuevos dueños la retiraron. Y queda muy bien como en un principio.

¡Gracias! Muchas gracias. Cierro los comentarios antes de que aparezca Poli plos con sus insultos y faltas de respeto.

Ya me doy cuenta, sobre los tejados hay mucha controversia, por esa sencilla razón es bueno consultar a un abogado. Mi padre me decía lo mismo, puede ponerlo y estaba equivocado y la presidenta en ese momento decía( Las partes traseras no tienen Ley ) pues se equivocaron, el día que lo quitaron supe que ninguno tenía razón, solo un Juez.

Lo del gato yo que usted tendrá cuidado ya que puede comer algo no apropiado.

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Después de tanto tiempo, se aprobara en junta o no, comúnmente se considera que ha habido una aprobación tácita, al no haberlo reclamado en ningún momento. Aunque el criterio sobre el plazo necesario no es unánime, 20 años es un periodo suficientemente prolongado.

¡Gracias! 
me lo temía.

De todos modos..mi problema exactamente no es el tejado en si.
Mi problema es el vecino que se queja de que mi gato se baja a su tejado ( hay apenas 50 cm desde el poyete de mi ventana a la uralita), y se queda hay tumbado. Al señor le molesta mucho porque dice que eso es suyo!! Y yo no estoy dispuesto a poner nada en mis ventanas para que no salga el gato.

la verdad es que no se como afrontar el tema.Su tejado de uralita es muy ruidoso con la lluvia, y la vecina del tercero echa migas a las palomas…que lógicamente atraen a mi gato…

Es el típico señor mayor amargado y yo no quiero amargarme la vida. Me gustaría solucionar esto de buenas maneras.

Gracias otra vez.

Pues me temo que, en este caso, el que tiene razón es su vecino. Su gato está invadiendo una propiedad ajena.

Ahora bien, en multitud de lugares está prohibido dar de comer a las palomas y así lo establecen las normativas municipales. Averigüe si está prohibido en su municipio. Si lo está, ya puede avisar a su vecina de que lo que hace es sancionable. Quizá con eso baste.

Puede exigirme que el gato no baje?

En efecto. Está invadiendo su propiedad (o, como mínimo, una zona de su uso y disfrute privativo).

¡Gracias! El tejado exterior privativo?

otra experta me dice que no

En efecto. No estamos hablando de la cubierta del edificio, que es comunitaria, sino de un tejadillo instalado por un propietario en un elemento privativo o comunitario de uso privativo. Es como si hubiera instalado un toldo. ¿Sería comunitario ese toldo? No. El tejadillo, tampoco.

Si mañana cae una granizada y daña ese tejadillo, ¿va a pagar la comunidad su reparación o sustitución?

¡Gracias! Claro que no!

Pues ya ve usted mismo que no es un elemento comunitario.

¡Gracias! Claro que no es comunitario. Es SU tejado al que vienen las palomas y puede bajar mi gato. Y a mi no me puede obligar a tener las ventanas cerradas. No me estás ayudando mucho si tu consejo consiste en que le de la razón.

Yo le dije que ese tejado era de su vecino, por lo que su gato invade propiedad ajena. Usted, basándose en la opinión que le han dado en otra respuesta, puso en duda que ese tejado fuera de su vecino. Y este punto parece ayer lo hemos aclarado.
Ahora no le gusta mi respuesta porque no le digo que su gato es libre de pasearse por propiedades ajenas.
Yo trato de responder con la verdad y con argumentos. También le he dicho qué puede hacer con el asunto de las palomas.
Pero usted considera que eso no es ayuda.
¿Qué pretende que le diga? ¿Qué su vecino es un viejo testarudo y que puede usted dejar a su gato que haga lo que quiera? Pues esa respuesta no se la puedo dar. Lo lamento.

¡Gracias! Disculpa si te ha sentado mal mi contestación. Pero si al vecino le sienta mal que los animales que tienen acceso a su tejado se paseen por el es su problema. Y me estás comparando que el gato este en un tejado al que tiene fácil acceso con “invadir propiedades ajenas”.

supongo que la ley tendrá para mi un gran castigo por dejar que un gato esté en un tejado.

"Si al vecino le sienta mal que los animales que tienen acceso a su tejado se paseen por el es su problema"

No se equivoque. Es problema de ustedes dos. Y cómo acabará resolviéndose no está claro.

"Y me estás comparando que el gato este en un tejado al que tiene fácil acceso con “invadir propiedades ajenas”"

No lo estoy comparando. Estoy afirmando que su gato invade una propiedad ajena. Con eso no digo que se trate de un delito de extrema gravedad castigado con penas de cárcel para usted. Pero su gato no debería acceder a propiedades ajenas y su vecino no tiene obligación de soportarlo.

Y si piensa que siento algún tipo de animadversión por los gatos, sepa que tengo 2. Pero jamás se han metido en propiedad ajena.

¡Gracias! Mi gato no se mete en ninguna propiedad

Entiendo. Ahora ese tejado es vía pública

¡Gracias! Para mi gato?? Por supuesto.

Genial. Pero el responsable de lo que hace su gato es usted. Imagino que no lo sabía

¡Gracias! Por supuesto. Soy responsable.

la queja es que mi gato a veces “está”.

No puedo evitar que “este”.

Pues es su obligación. La tenencia de animales es una responsabilidad, que usted se toma a guasa.
Y viene a los foros a buscar que le den la razón, no a que le digan la verdad.
Pues adelante, que tenga suerte.

¡Gracias! Y yo vengo a los foros a por información. Para discutir con una pared ya tengo a mi vecino. 
suerte igualmente.

Información le he dado. No se puede quejar.

Aurelio, celebro que haya quedado satisfecho con las respuestas que le dan la razón, que es lo único que usted buscaba, con independencia de que tuvieran o no base legal. Y estoy convencido de que difícilmente va a tener problemas legales, pero no por tener razón. Feliz convivencia con su vecino.

Y si quiere, revisar los perfiles de quienes le han respondido :-;

Si quiere leer:

https://www.consumer.es/mascotas/como-evitar-denuncias-vecinales-por-molestias-del-gato.html 

https://www.eldiario.es/murcia/patrulla-animal/gatos-particulares-pasearse-casas-vecinos_132_8115582.amp.html 

Y dale perico al torno

A ti te da igual que yo tenga un tejado tóxico a 50 cm de las ventanas donde se acumula basura, te da igual el ruido que hace con el viento y no digamos con la lluvia y el granizo y que obligue al vecino a sacar la chimenea de la caldera a 20 cm de la ventana de la escalera comunitaria.

pero que el gatito esté en el tejado… eso no. Eso no te da igual. Eso es lo verdaderamente importante. Asesora a otro anda, a mi no me interesa lo que tengas que decir.

No me da igual. Pero deberían haber reclamado cuando estabas a tiempo. Ese tejado era ilegal y lo he dicho desde el principio. Pero tú has cambiado de tema, diciendo que lo que te importa es tu gato. Que es libre de hacer lo que le salga del nabo. Y lo siento, pero no tienes razón. Hala! A cascarla!

Hay que ser duro de mollera, papanatas.

Ya estamos faltando. Lo haces con todo el mundo?

y si, mi gato hace lo que le sale del nabo precisamente por que es ilegal el puto tejado. Si no estuviera no lo usaría.
Ala! A convertir todo expertos en todo cuñaos!!

Me aburres. El tejado era ilegal, claro. Pero lo habéis convertido en legal. U eso no lo convierte en elemento de uso público, ni comunitario. Pero queda claro que tu mollera no da para más.

Venga, cuñao, busca ayuda en forocoches

Ya te tengo a ti  

Perea igual de maleducado pero sin gracia

No me tienes. Y gracia no se viene a buscar. Pero no sabes a qué vienes, tampoco.

Lo que tú digas

No no, lo que digas tú. Siempre.

Y lo que no funciona bien no es esta web, sino tu cabeza

Pólipos diciendo la última palabra

Tu opinión no vale

Y no la quiero

Si no quieres opiniones, no preguntes. O pregunta en tu círculo de amigos, que te dan la razón aunque no la tengas.

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1

Por si te sirve:
No sé si ese tipo de obras son de las que requieren una autorización administrativa, de lo cual te podrías informar, si te interesase, en el Ayuntamiento; creo que habla de ello la Ley de Propiedad Horizontal, artículo 10 punto 3, que aquí te dejo:
https://ley-de-propiedad-horizontal.com.es/articulo-10-ley-propiedad-horizontal-actuaciones-obligatorias/
En este caso la autorización de la Junta sería necesaria, pero no suficiente.
En cualquier caso, como dicen en la siguiente página, no se pueden causar molestias con los elementos comunes, aunque sean de uso privativo (ruidos; ver si esa uralita es saludable, etc.).
https://vecindia.es/ley-propiedad-horizontal/ley-propiedad-horizontal-y-patio-interior/
Y por último, aún en el caso de que pudiera cerrar, o incluso teniendo en cuenta que haya pagado él el cierre (de otro modo, quizá no se lo autorizaría la junta), no creo que lo de uso privativo comprenda el tejado, y menos por su parte exterior. Y a ti no te puede obligar a hacer obras en tu domicilio por este motivo.

¡Gracias! 
lo que no se es como explicárselo.

Por otro lado otro experto me dice que el tejado es de su propiedad y es de uso privativo

Lo que parece claro es que el vecino de abajo no te puede ocasionar molestias con su patio de uso privativo; y, dentro de esto, no te puede exigir que tú pongas un impedimento para que tu gato no salga. Si tanto le molesta, tendría que retirar su tejado. Si tu gato entrase en el interior de su patio, él tendría razón, pero si se sube a un tejado (que espero que tenga materiales saludables) construido posteriormente a la construcción inicial, lo cual no ocasiona daño alguno a la parte inferior, él no puede exigir que tú hagas obra alguna.

Además, como te decía, no sé si esta obra hubiese requerido una autorización administrativa, me imagino que en el Ayuntamiento.

Yo creo que lo mejor es que le digas sencillamente (tan solo una vez), que tú crees que él no puede exigirte eso. Y te olvidas. Sin entrar en lo de la posible autorización administrativa, ni entrar en los ruidos y molestias que te ocasiona ese tejado, lo cual, si fuera preciso, se haría valer en un momento posterior. Su tejado no puede llegar a ocasionarte tantas molestias, como el hecho de que tú tengas que hacer un muro, o similar, en tu propia casa. Y nadie le va a dar la razón a él porque sería un absurdo.

Mejor no entrar en la réplica de que el tejado te molesta y tal; si él cree que tiene razón, que lo haga valer en donde considere, que no lo va a hacer ya que el asunto ya tiene una apariencia ridícula, que le hayan autorizado un tejado, y que ahora él quiera condicionar a los vecinos por ello.

¡Gracias! Muchísimas gracias. Por lo menos alguien me entiende.Otro experto se pone de parte del vecino y me dice que mi gato está invadiendo propiedades ajenas… en fin.

seguiré tu consejo que es el que he mantenido hasta ahora. Decirle que no puedo evitar que el gato salga y que me denuncie si cree que tiene derecho.

gracias de nuevo.

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A mi modo de ver, y no pretendo tener la razón, diría que este techo, después de tantoa años, ha adquirido derecho de permanencia. Otra cosa será cuando se estropee y se pretenda repararlo o cambiarlo pues cualquier obra va a requerir permiso de la comunidad y del, ayuntamiento, y no creo que vayan a dárselo. En cuanto a lo del gato, no he oído nunca que haya ninguna ley o normativa que prohíba que estos animales merodeen por donde quieran. Sabido es que son muy independientes, que no obedecen a nadie, y que no se les puede encerrar en ningún sitio ni atar con una cadena. Tampoco me parece lógico que a este vecino le cause ningún perjuicio este gato. Son solo ganas de fastidiar. Y no creo que una denuncia ante la policía o el ayuntamiento prosperase.

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Ese tejado, ahora es completamente legal, dado que despues de 20 años de su instalación y la conformidad por parte de toda la comunidad incluido usted con su silencio, esa obra ya ha prescrito.

Y a nivel municipal ya está requeteprescrita, dado que son 4 años.

O sea partimos de la base que el tejado es legal.

Este problema no ocuriría, si en su día, no lo hubiese usted permitido

Y que delito cometo si mi gato se baja al tejadillo?

es punible?

Aqui nadie es abogado,

Delito como tal, no lo es.

Que su gato pueda pasear, tumbarse, mear y defecar, porque esto último, usted, esto es imposible de que lo controle, deberá reconocer que si puede causar molestias al vecino de abajo. Pero recuerde que usted es el dueño y debe contrarlo, si usted ya de entrada dice que no piensa controlarlo, pues poco pone usted de su parte

Cuando uno pone un tejado no puede pretender que la vida de los vecinos se vea afectada. Y menos por caprichos estúpidos.

Y la queja es por estar. No por mear o defecar. Cosa que sería perfectamente razonable y no estaría yo perdiendo el tiempo.

¿La comunidad le dio permiso para ponerlo?

¡Gracias! Si. Lo hizo antes de que yo comprara la casa. Nunca dije nada. Llevo más de 20 años viviendo aquí. Este es el segundo gato que tengo. Y sale mucho menos que el anterior. Siempre he solucionado el tema dando largas, pero de todo se cansa uno. El problema es que le molesta que el gato esté. No que haga ruido al subir y bajar o que ensucie, por que no lo hace. Es un tejado de uralita verde semitransparente y por eso se da cuenta de que el gato esta. Hay apenas 50cm desde el alféizar de la ventana al tejadillo. Que quiere que haga? Tener siempre las ventanas cerradas?

Vamos a ver Aurelio, debe de comprender que yo no quiero nada, yo sólo estoy aquí por si puedo aportar un poco de ayuda.

Usted tiene unicamente dos soluciones, o pasar del tema y que sea el vecino quien mueva ficha o bien impedir las salidas de su gato.

Olvídese si comete algún delito, porque en caso que si cometiese algo, sería vomo mucho, una falta.

A usted no le va a denunciar el vecino, porque no le harían ni caso. Por lo tanto comorenda o no lo comprenda usted es el responsable que su mascota por ese tejado

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