Costumbre como fuente de derecho en conflicto vecinal
Vivo en un barrio de pisos de alquiler de protección social desde hace 10 años y en los primeros contratos no se permitían ni mascotas ni jardineras en las ventanas, cosa que no sólo no se ha incumplido desde el primer año, sino que nunca ha habido quejas ni denuncias al respecto. Ni por animales ni ventanas. Ahora hay un vecino que para fastidiar a otro quiere que quite las plantas de la ventana, cuando la gran mayoría de vecinos tienen. ¿Hasta qué punto se puede aludir a la costumbre como fuente de derecho en este caso? ¿Es viable? Y si fuere así: ¿Hay algún escrito tipo para poder revindicar ésto?
Respuesta de Francisco Rodriguez Durán
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