Me reclama el ayuntamiento una deuda del servicio de agua de una casa donde no vivo desde 2001.

Los recibos que me reclaman son de junio-agosto 2018. Que no han pagado los actuales inquilinos, que viven allí desde que yo me fui, y que comprometieron a cambiar la titularidad (actuando yo de buena fe y confiando en su palabra)

1) ¿Esta prescrita la deuda?

2) ¿Tienen derecho a reclamarmelo a mi?

1 respuesta

Respuesta

El caso de las prescripciones es muy dudoso pues no sabes si el ayuntamiento envió otros requerimientos y no fueron atendidos. Por lo que dices el contrato sigue a tu nombre lo cual te obliga a pagar esta deuda. Tu única acción es reclamárselo a los actuales inquilinos.

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