Me reclama el ayuntamiento una deuda del servicio de agua de una casa donde no vivo desde 2001.
Los recibos que me reclaman son de junio-agosto 2018. Que no han pagado los actuales inquilinos, que viven allí desde que yo me fui, y que comprometieron a cambiar la titularidad (actuando yo de buena fe y confiando en su palabra)
1) ¿Esta prescrita la deuda?
2) ¿Tienen derecho a reclamarmelo a mi?
1 respuesta
Respuesta de Prof. Francisco Poveda