Que fecha se asigna como comienzo de jubilación, cuando te dan una incapacidad permanente, o cuando obtienes la absoluta?

Se trata de averiguar si tengo derecho al complemento por hijos en la pensión, ya que si consideran la fecha de mi reconocimiento de incapacidad permanente no me pertenecería.

2 respuestas

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1

La fecha valida es la de la resolución de la incapacidad

Respuesta

I. Hola Juan, en mi caso no soy conocedor, pero como lector habitual deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema, recogida en parte de consultas anteriores, por si le fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o profesional. Le ruego me disculpe tanta imprecisión y todas las molestias de lectura, mucho ánimo.

https://i.postimg.cc/ZnK0sMVQ/711411b51dca403d48ab57f9f50ac915.png 


https://www.benayasasesores.es/preguntas-frecuentes-complemento-jubilacion-paternidad/ 

https://revista.seg-social.es/-/todas-las-preguntas-y-respuestas-sobre-el-nuevo-complemento-para-reducir-la-brecha-de-g%C3%A9nero-en-las-pensiones 


Beneficiarios. Las mujeres y los hombres que sean personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas.

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