Muros y construcciones en patio comunitario sin autorización de acceso exclusivo bajos
En mi comunidad las viviendas bajos del edificio que, aunque su uso y disfrute no consta en ningún título, son los únicos que tienen acceso al patio comunitario, hace más de 30 años los usan e hicieron muros de separación que en parte transcurren sobre lucernarios y uno un cerramiento con cocina (ambos sin autorización). La Nave del edificio con daños en su forjado les ha demandado por daños y perjuicios siendo condenados a su reparación calificando los muros como construcciones aberrantes por estar sobre lucernarios. Al no pedir en la demanda devolver a su estado inicial el patio solo resuelve sobre el daño.
Al haber pasado tanto tiempo, ¿la Comunidad puede solicitar la demolición de los muros y cerramiento que causa daños por su peso a la Nave?
La sentencia también indica que los muros no dejan transcurrir el agua provocando embolsamientos. La estructura del lucernario está alterada ( no sabemos si por la existencia de los muros o paso del tiempo) y por ella y por los puntos de unión con los muros se sigue filtrando agua. Quién debe asumir su reparación, ¿Comunidad o los pisos bajos?