Muros y construcciones en patio comunitario sin autorización de acceso exclusivo bajos

En mi comunidad las viviendas bajos del edificio que, aunque su uso y disfrute no consta en ningún título, son los únicos que tienen acceso al patio comunitario, hace más de 30 años los usan e hicieron muros de separación que en parte transcurren sobre lucernarios y uno un cerramiento con cocina (ambos sin autorización). La Nave del edificio con daños en su forjado les ha demandado por daños y perjuicios siendo condenados a su reparación calificando los muros como construcciones aberrantes por estar sobre lucernarios. Al no pedir en la demanda devolver a su estado inicial el patio solo resuelve sobre el daño.

Al haber pasado tanto tiempo, ¿la Comunidad puede solicitar la demolición de los muros y cerramiento que causa daños por su peso a la Nave?

La sentencia también indica que los muros no dejan transcurrir el agua provocando embolsamientos. La estructura del lucernario está alterada ( no sabemos si por la existencia de los muros o paso del tiempo) y por ella y por los puntos de unión con los muros se sigue filtrando agua. Quién debe asumir su reparación, ¿Comunidad o los pisos bajos?

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Si esa obra no autorizada no estuviera provocando daños, después de 30 años no se podría exigir su demolición. Pero si es un hecho demostrado que está provocando daños estructurales, sí se puede (y debe) obligar a retirarlos.

En cuanto a quién debe asumir el gasto de demolición, la respuesta no es sencilla. En principio, quien los construyó, pero también encontrará quien le diga que la Comunidad, al haberlos consentido tácitamente.

Gracias!

El informe pericial del Juzgado indica que el cerramiento cocina ilegal rompe la sectorización de incendios de edificio produciendo grave riesgo. Podemos denunciar a Urbanismo para su demolición o puede ser un riesgo para la Comunidad por los muros? En el momento que conoce el Ayuntamiento puede obligar a la Comunidad a hacerlo con las consiguientes tasas, impuestos y que luego reclame a los propietarios primeros?

Si es cierto que hay serios problemas, por una parte de seguridad en caso de incendio por el cerramiento, y por otra de daños estructurales por los muros, lo que deben hacer es solucionarlo cuanto antes, sin plantearse si el Ayuntamiento hará una cosa u otra, o si van a pagar unos u otros. Con la seguridad no se juega.

¡Gracias! 

Solo una última pregunta, disculpe, los 4 bajos son los únicos que tienen acceso al patio y lo usan y disfrutan desde que se construyó el inmueble en los años 70 pero no consta en ningún título. Se les puede desposeer del derecho? Gracias!

Solo una última pregunta, disculpe, los 4 bajos son los únicos que tienen acceso al patio y lo usan y disfrutan desde que se construyó la finca, años 70, pero no consta en ningún título, se les puede desposeer de este derecho?

Si son los únicos que tienen acceso al patio, nadie más va a poder usarlo. ¿Está sugiriendo usted que nadie pueda tener acceso al patio?

Por otra parte, ¿la escritura de división horizontal del edificio no dice nada de ese patio?

Ni aparece el patio. Creo que ningún vecino tenemos inconveniente en que lo usen pero consecuencia de todas sus construcciones, muros, cocinas...tenemos unos daños que el informe pericial dice claro que son muy superiores al normal transcurso  del tiempo. Tendremos que convocar junta para ver si los retiran y reparan daños aunque no se si habrá que ver si ellos en un porcentaje y la comunidad en otro o atribuirles toda responsabilidad ya que la sentencia les condena única y exclusivamente a reparar los daños de la Nave a los 4 primeros. Si hay condena 100%  daños entendemos que también 100% causa aunque en la demanda no se haya pedido. No se que opina?

Quien mejor puede responder a su pregunta es su abogado, que es quien dispone de toda la información y de todos los detalles del proceso judicial.

Gracias, pero la Comunidad no tiene abogado. El procedimiento fue de la Nave contra los 4 primeros. Fue un asunto entre vecinos. 

Ah, entiendo. Es que desde el principio habla usted de "la Nave" y no tengo idea de qué se trata. Al parecer es un tercero afectado por las obras realizadas por los vecinos de los bajos.

En cualquier caso, si estos 4 vecinos (y no la Comunidad) han sido condenados a reparar ciertos daños, se entiende que el juez los ha considerado responsables y ellos deberán reparar esos daños.

Ustedes, como Comunidad, plantéense si a su vez están siendo perjudicados por esas obras irregulares y, por tanto, están en su derecho a exigir responsabilidades. Si es así, busquen abogado, porque lo van a necesitar para seguir adelante con su intención de forzarles a hacer algo al respecto.

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