I. Hola Joan, en mi caso no soy experto pero según sé, al ser la Incapacidad permanente total cualificada una pensión de clase contributiva, esta es compatible con recibir ingresos por alquileres o rentas de propiedades, pero desconozco si existe un límite ni por desgracia encuentro en este momento información concreta, lo lamento. Creo que lo que sí debe hacer sin duda es informar o poner al corriente a I.N.S.S de estos ingresos extra, porque tienen muy en cuenta la transparencia
En realidad sólo deseaba trasladarle la información que vi y recuerdo haber visto con anterioridad por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende un experto. Le ruego me disculpe la imprecisión y molestias de tanta lectura
https://www.larazon.es/economia/estos-son-gastos-que-pueden-deducirse-jubilados-declaracion-renta-2022_2023031764145f6731c73f00016b3875.html
https://as.com/actualidad/me-puedo-desgravar-por-el-alquiler-de-una-vivienda-y-en-que-casillas-se-hace-la-deduccion-n/
https://www.lavozdigital.es/economia/tres-gastos-pueden-deducirse-jubilados-declaracion-renta-20230413114821-ntv.html
https://taxscouts.es/renta/desgravar-el-alquiler/
https://www.ondacero.es/noticias/economia/todos-gastos-que-pueden-deducirse-jubilados-renta-2022_20230313640f18d996c07c00017efac3.html
https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/declaracion-renta-pensionista-jubilado-deducciones/2835354/
https://www.youtube.com/watch?v=QVjN-rgG4bI
https://www.juntadeandalucia.es/temas/vivienda-consumo/alquiler/ayudas.html
https://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/
https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/complemento-alquiler-vivienda
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2022-00000002279
https://ayuda.declarando.es/es/articles/3175436-donde-declaro-mis-ingresos-por-alquiler
También quisiera exponerle los posibles subsidios y prestaciones que conozco, quizás pudiesen ser de su interés ya que creo son compatibles por completo con su pensión. Le reitero mis disculpas por las molestias e imprecisión, mucho ánimo.
- Prestaciones -subsidios- dirigidos a personas mayores de 52 años,
https://loentiendo.com/nuevo-subsidio-mayores-52-anos/
- Prestación por hijo a cargo. Será necesario que sus hijos, en caso de tenerlos, sean menores de 18 años, o bien que, siendo mayores de edad, padezcan algún tipo de discapacidad, (porcentaje de un 33% como mínimo),
https://www.ayudas-subvenciones.es/blog/prestacion-por-hijo-a-cargo-detalles-ayuda-familiar/