Derecho a fraccionar vacaciones en 3 periodos
Mi consulta es que si mi jefe puede decidir los periodos de vacaciones en los que puedo fraccionarlas, no las fechas sino la cantidad. Es decir, las he repartido en 3 periodos de 15,8, y 7 días respectivamente, pero se que este año me va a decir que solo puedo partirlas en dos periodos ( sin importar cuantos días cada uno).
No tengo convenio que lo regule porque soy trabajadora de hogar y lo que veo en ET no es muy claro.
¿Eso puede decidirlo unilateralmente?
¿Tiene qué darme alguna razón para ello del tipo organizativo o no?
Al haberlo hecho así años previos, ¿crea precedente o eso da igual?
¿Tengo alguna forma de negarme a cogerlas de ese modo? P
Quiero tenerlo claro a la hora de solicitarlas para no meter la pata o para solicitar lo que yo quiero sabiendo que puedo enfrentarme a él con argumentos legales.
Ya se que es mejor hacerlo todo de mutuo acuerdo pero es que yo quiero cogerlas así porque así sumo más días con los fines de semana.
Os leo.