Puede la inmobiliaria cobrarme por un servicio que no ha conseguido hacer solo por llevar a una persona a ver el piso
Contraté con una inmobiliaria para que me vendieran el piso. Después de un año con ellos y tras una pésima gestión (le puse hoja de reclamaciones incluso) terminé con ellos.
La cuestión es que hubo una persona interesada en el piso e intentamos la compra- venta a través de la inmobiliaria pero fracasaron, según me dijeron porque no consiguió hipoteca la persona interesada.
Ahora esa persona se ha puesto en contacto conmigo y me ha propuesto un alquiler con opción a compra.
En el contrato que firmé con la inmobiliaria pone que ellos tendrían derecho a cobrar honorarios si yo vendo o "entrego la posesión" a una persona que ellos han llevado a ver el piso en el trascurso de 1 año
¿1° Se considera "entrega de la posesión" el alquiler con opción a compra?
¿2° Podría la inmobiliaria reclamarme honorarios si se entera de que hemos hecho el contrato con opción a compra por nuestra cuenta? Insisto en que se intentó hacer la compra-venta con ellos y fracasaron, por lo que no creo que puedan alegar mala fe por nuestra parte.