Contrato de alquiler con opción a compra, puede la inmobiliaria reclamarme honorarios

HoQ eso se puede entender como "entrega de la posesión "

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Creo que deberá elaborar un poco más la pregunta, porque no se entiende.

No sé que ha podido pasar . La formularé de nuevo. Gracias 

No sé que ha podido pasar con la explicación que puse. 

A lo que me refiero es que la inmobiliaria con la que Contraté para que me vendiera el piso puso una cláusula en el contrato que decía que si yo vendia o "entregaba la posesión " a una persona que ellos habían llevado a ver el piso tenían derecho a cobrar sus honorarios. 

¿un contrato con opción a compra se puede entender como entrega de la posesión? O solo se entrega la posesión del inmueble al vender?

Debo aclarar que se intentó durante meses hacer la compra- venta a través de la inmobiliaria,  pero no hicieron bien su trabajo y fracasaron. Por ese motivo la persona interesada en comprar se puso en contacto conmigo para proponerme un contrato con opción a compra 2 meses después de ambas romper nuestra relación con la inmobiliaria. 

Espero haberme explicado bien.

Gracias 

En efecto, usted ha entregado la posesión de la vivienda. Basta para ello un alquiler. Su inquilino toma posesión de la vivienda en el momento en que recibe las llaves y puede disfrutar de ella. Puede ser consecuencia de una compraventa, un alquiler, un alquiler con opción a compra, etc.

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