Puede haber habido una revisión tributaria de la transacción original de 2007, y se ha determinado que existen posibles ajustes o complementos en el pago de ITP y AJD que aún no se han liquidado. Este tipo de revisiones pueden ocurrir muchos años después si se detectan discrepancias.
Otra posibilidad es que en 2021 haya habido una nueva transacción o acto jurídico (como la moratoria hipotecaria mencionada) que implique un ajuste en el impuesto.
Sí, existe un riesgo de que usted, como nuevo propietario, pueda verse afectado por deudas pendientes relacionadas con los impuestos mencionados. En España, las fincas quedan afectas al pago de estos impuestos, lo que significa que cualquier deuda pendiente puede ser reclamada al actual propietario.
Para asegurarse de no asumir deudas pendientes, puede seguir estos pasos:
Solicitar Certificado de Deudas Pendientes: Pida un certificado de deudas pendientes del ITP y AJD en la Oficina de Hacienda correspondiente.
Cláusula de Exoneración en el Contrato de Compra: Asegúrese de incluir una cláusula en el contrato de compraventa donde el vendedor se responsabilice de cualquier deuda pendiente relacionada con la finca hasta la fecha de la compraventa.
No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.
Nosotros le podemos seguir ayudando. Puede exponer su caso detalladamente en el siguiente enlace indicando el siguiente número de referencia: 07290724, a fin que nuestros abogados puedan solicitar la información adicional necesaria y ofrecerle una respuesta completa: