Para que una persona que ha cometido un delito sea internada en un centro psiquiátrico en lugar de ser enviada a prisión en España, se deben cumplir ciertos requisitos legales que están recogidos en el Código Penal y desarrollados por la jurisprudencia. Estos requisitos están relacionados con la existencia de un trastorno mental que haya afectado de manera significativa la capacidad de la persona para comprender o controlar sus actos en el momento de cometer el delito.
En primer lugar, debe probarse la inimputabilidad de la persona. Esto significa que la persona sufre una alteración mental grave que le impide entender la ilegalidad de sus actos o actuar de acuerdo con ese entendimiento. Esta situación está recogida en el artículo 20.1 del Código Penal, que establece que una alteración psíquica grave puede eximir de responsabilidad penal. Sin embargo, para que el tribunal acepte esta circunstancia, es necesario que la alteración mental esté debidamente acreditada, lo que se hace a través de pruebas periciales. Estos informes, generalmente elaborados por peritos judiciales o psiquiatras forenses, deben confirmar que la persona padecía un trastorno mental en el momento del delito.
Si se demuestra que la persona no podía comprender o controlar sus acciones debido a su enfermedad mental, el tribunal puede optar por imponer una medida de seguridad en lugar de una pena de prisión. La medida más común en estos casos es el internamiento en un centro psiquiátrico. Esta medida está prevista en el artículo 101 del Código Penal y se aplica cuando se considera que la persona representa un peligro para sí misma o para los demás debido a su enfermedad.
El tiempo que una persona puede permanecer internada en un centro psiquiátrico no es indefinido. Según el artículo 104 del Código Penal, el internamiento se revisa periódicamente y no puede durar más tiempo del que habría durado la pena de prisión correspondiente al delito cometido. Esto significa que el internamiento tiene un límite temporal basado en la gravedad del delito, pero puede ser prolongado si, tras las revisiones, se considera que la persona sigue siendo un peligro debido a su enfermedad.
En algunos casos, el tribunal puede considerar que la persona no es completamente inimputable, pero que su capacidad para entender la ilegalidad de sus actos o controlarlos estaba reducida. Esto se conoce como semi-imputabilidad. En estos casos, el tribunal puede combinar una pena de prisión con una medida de seguridad, como el internamiento en un centro psiquiátrico.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha aclarado que no basta con que la persona padezca un trastorno mental, sino que debe existir un vínculo claro entre la enfermedad y el delito cometido. Es decir, debe probarse que el comportamiento delictivo fue una consecuencia directa del trastorno mental. Así lo ha indicado en sentencias como la 1175/2006, donde se especifica cómo debe valorarse esta situación.
Por último, no todos los trastornos mentales justifican el internamiento en un centro psiquiátrico. Solo se aplica en casos graves, como la esquizofrenia, las psicosis, las demencias o trastornos graves de la personalidad que afecten de manera significativa la capacidad de la persona para comprender sus actos o controlarlos. Además, si se demuestra que la persona comprendía la ilegalidad de sus actos o que actuó de manera deliberada, no se aplicaría el internamiento, sino una pena de prisión ordinaria.
En resumen, para que una persona sea internada en un centro psiquiátrico tras cometer un delito, es necesario que se pruebe que sufría un trastorno mental grave que le impidió comprender o controlar sus actos, y que esa situación esté debidamente acreditada mediante informes periciales. El internamiento está sujeto a revisiones periódicas y no puede durar más de lo que habría durado la pena de prisión correspondiente al delito.