I. Hola Manuel, aunque es un abogado el que debe responderle, quisiera ofrecerme para trasladar su consulta al profesional de no llegar respuestas y también pedirle por favor que nos facilite todos los datos extra que le sea posible.
Con todo, deseaba facilitarle la información sobre este tema que vi por si pudiese serle de alguna utilidad. Lamento no saber ayudarle y le pido disculpas por todas las molestias. Ánimo. Feliz año.
https://cincodias.elpais.com/legal/2024/01/15/juridico/1705333874_433929.html
https://www.linkedin.com/pulse/los-correos-electr%C3%B3nicos-entre-letrados-se-consideran-agiof/
https://elderecho.com/analizamos-en-jurisprudenciatuitatuit-la-validez-como-prueba-de-los-email-enviados-entre-letrados
https://www.hayderecho.com/2024/03/12/abogados-validez-aportacion-correspondencia-privada/
*Según el Código Deontológico de la Abogacía Española, los letrados no pueden aportar a los tribunales ni a sus clientes ninguna clase de información que se haya compartido con otro abogado, salvo que cuente con su autorización y la del colegio de abogados.
https://elderecho.com/icam-recuerda-a-colegiados-la-obligatoriedad-de-confidencialidad-en-comunicaciones-entre-abogados
*En el mismo, el ICAM recuerda que el artículo 23 del Estatuto General de la Abogacía y el artículo 5.3 del Código Deontológico subrayan que las comunicaciones entre abogados están protegidas por el secreto profesional, y no pueden ser divulgadas sin consentimiento explícito.