Prestación Mayores 52 años y donación para una extinción decondominio

Mi ex marido me exige la extinción de condominio del piso familiar al que hasta hace poco he tenido el uso junto a mis hijos. Para poderle comprar su parte del piso mi madre tiene que hacerme una donación de 100.000 € y mi hermana a su vez un préstamo o más o menos lo mismo ( aún hay que acabarlo de concretar pues estoy mirando como hacerlo y estoy en manos de abogados). Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años y me gustaria saber si por ello me lo pueden quitar. Así mismo cómo puedo informar al sepe de ello, qué documentación debería llevar llegado el momento para que no me quiten la prestación.

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I. Hola Enya, no soy conocedor, pero como lector habitual deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema, recogida en gran parte de consultas anteriores, por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende de primera mano un abogado o experto, el que si desea podríamos invocar en caso de que no reciba respuestas en pocos días.

Creo que debe informar al SEPE realizando una declaración anual, aquí podría ver cómo hacerlo junto a la documentación necesaria a aportar.

https://www.sepe.es/HomeSepe/es/prestaciones-desempleo/FAQS/solicitud-prestaciones/subsidio-mayores-52-declaracion-anual.html 

https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://sede.sepe.gob.es/dam/portalSede/pdf/manual_usuario_declaracio_rentas.pdf

Creo existe un teléfono directo en la zona de Madrid y Madrid Capital para obtener información de primera mano, es 91 926 79 70, y el que pertenece al INSS, ''915 661 000'', ambos gratuitos hasta donde sé.

He leído -Cito-


De no superar los 712,50 euros, se continuará cobrando el subsidio con normalidad, mientras que si el resultado es superior a 712,50 euros se suspende el cobro del subsidio durante un mes y tras la suspensión temporal se reanuda el cobro normal. Por ejemplo, si un beneficiario del subsidio para mayores mayores de 52 años acepta un herencia valorada en 20.000 euros (que dividido entre 12 son 1.667 euros) perderá la prestación el mes que recibe la herencia, pero al mes siguiente la volverá a cobrar con normalidad.


Le ruego me disculpe tanta cantidad de lectura y el tipo de respuesta, mucho ánimo.

https://loentiendo.com/subsidio-desempleo-ingreso-extraordinario/ 

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