I. Hola Compañer@, por desgracia en mi caso no puedo atenderle debido a mi ignorancia, pero deseaba trasladarle la escasa información que vi junto con ayudarle ya a título personal para ponerle en comunicación con los expertos de la comunidad.
Le ruego me disculpe por todas las molestias de tanta lectura y el tipo de respuesta. Mucho ánimo.
https://cuentica.com/asesoria/facturas-no-cobradas-recuperar-iva/
https://declarando.es/facturas/procedimiento-monitorio
https://taxscouts.es/blog/no-te-pagan-las-facturas/
https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/autonomos/economistas-abogados-explican-que-pasos-deben-seguir-autonomos-cliente-paga-factura/20240412094344035734.html
https://tugesto.com/blog/como-evitar-impagos-autonomo-empresa/
https://www.linkedin.com/pulse/sabes-que-puedes-hacer-si-un-cliente-te-paga-una-aranda-garc%C3%ADa?originalSubdomain=es
https://www.grupo2000.es/se-amplian-los-medios-para-que-los-autonomos-reclamen-impagos/
https://ceconsulting.es/blog-ceconsulting/que-hacer-si-un-cliente-no-paga/
https://www.20minutos.es/lainformacion/economia-y-finanzas/soy-autonomo-mi-cliente-no-me-ha-pagado-factura-que-hago--5265047/
https://www.reddit.com/r/Contractor/comments/1hh2wk2/client_hasnt_paid_me_for_work_i_did/?tl=es-es
https://www.anfix.com/blog/como-lidiar-con-clientes-que-no-pagan
https://www.infoautonomos.com/blog/requisitos-recuperar-iva/
https://www.youtube.com/watch?v=xSVqxpfs9So
https://www.cegid.com/ib/es/blog/como-gestionar-facturas-impagadas/
Extraído de la página 'Group-Spi.com':
En caso de que no se haya podido contactar con el cliente o no se llegue a un acuerdo, se deberá enviar una carta certificada en la que se le acuse de recibo para reclamar el pago de la factura pendiente. De esta forma se consigue que quede constancia como que la reclamación de pago ha llegado y que se le reclama la factura impagada.
Si el caso continúa sin solucionarse, el cliente podrá enviar un burofax en el que se le exija de forma inmediata. También se le avisará al deudor que de no pagar se tomarán acciones legales. Para que se pueda recurrir de forma judicial, todo lo nombrado anteriormente es necesario para que quede constancia de que se ha reclamado.
Si la deuda supera los 2.000 €, será necesario que para la operación se requiera de abogado y procurador. Uno de los mecanismos que se suele utilizar es un procedimiento monitorio, que trata de una reclamación judicial rápida y sin juicio. En ella se ha de aportar las copias de los documentos que acrediten tu petición.
Con este proceso, se da un plazo de alrededor de unos 20 días para que el deudor abone la factura impagada o se oponga. En caso de no dar contestación, entiende que debe de pagar o se le embargarán los bienes. Si se opone, el caso terminará en un juicio.