Lo que tendrás dentro de 11 meses es un problema porque tu casero querrá recuperar el piso y tú no querrás irte.
Si tú le has dejado claro al casero que el piso iba a ser tu vivienda habitual, él ha actuado de mala fe haciendo un contrato de no vivienda (temporal).
Para que un contrato sea temporal (distinto a vivienda) debe efectivamente estipularse en él el motivo de la temporalidad (estudios, docencia durante curso escolar, año sabático, traslado laboral en comisión de servicio, etc)
Y TAMBIÉN debe figurar el domicilio de la que ES TU VIVIENDA HABITUAL.Efectivamente, sin eso, tu casero no tendrá fácil demostrar que el de la mala fe eras tú.
Entre tanto, para reforzar argumentos de que ese piso es tu vivienda habitual haz lo siguiente:
- Empadrónate
- Ve a Hacienda y da de alta el piso como tu domicilio fiscal.
Si además, tu trabajo está cerca, el cole de tus hijos también, y sobre todo lo que te he dicho antes, no tienes otra vivienda, ni motivo por el que estar en esta "temporalmente", tu casero tendrá muy difícil demostrar que la voluntad de las partes era hacer un contrato "temporal".
Esto dice la LAU :
Artículo 2. Arrendamiento de vivienda
1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable
cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
Saludos y no vuelvas a firmar algo así, puesto que aunque tengas la de ganar, igual tienes que buscar un abogado y un procurador dentro de 11 meses. (Si tu casero demandase el desahucio por fin de contrato) Yo supongo que no lo hará, porque lo normal es que su abogado le aconseje no hacerlo. Pero... nunca se sabe en qué clase de manos puede caer.
Saludos -
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