Alquiler por la comunidad de Madrid

Tengo un piso alquilado como inquilina a través de la comunidad de Madrid, con el plan alquila, en Febrero hizo un año que se cumplió el primer año de contrato, y ahora necesito un piso más grande y me quiero cambiar de piso. ¿Es suficiente con que de un aviso al propietario con un mes de antelación o tengo que cumplir de nuevo el año completo hasta febrero del año que viene?
No tengo ninguna clausula que regule eso específicamente, si no que el contrato se rige por la Ley de arrendamiento urbano.

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Habría que leer detenidamente el contrato de alquiler para dar la respuesta exacta, pero los "contratos modelo" que utiliza la administración se suelen hacer por años prorrogables (hasta 5, como marca la Ley).
Si es este el caso (cosa muy probable), solamente podrá dejar la vivienda los meses de febrero (cada "cumpleaños" del contrato).
Esto es así "con la Ley en la mano". De todos modos es aconsejable consultar con el propietario por si le permitiese marchar de forma anticipada sin pedir indemnización.

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