Dudas sobre el contrato de alquiler
Voy a explicarme un poco primero, vivo en un piso que alquile a través de la sociedad publica de alquiler y se le ha acabado el contrato a mi casera con ellos, pero vamos a seguir sin intermediación. Ahora mi duda es en un par de clausulas que me ha dado en el borrador de nuestro contrato una es:
El arrendatario se obliga a permitir el acceso al piso al propietario y a las personas y/o profesionales designados por el mismo para la inspección y comprobación del estado de la vivienda y sus elementos, así como para la realización de cualquier tipo de obra o reparación que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda arrendada como en el edificio del que forma parte.
Y la otra:
El arrendatario hace expresa y formal renuncia a todos los beneficios y derechos especiales que le concede la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, y que teniendo el carácter de renunciables, no se le reconozcan expresamente en el presente contrato.
Serías tan amable de explicarme lo que significa.
El arrendatario se obliga a permitir el acceso al piso al propietario y a las personas y/o profesionales designados por el mismo para la inspección y comprobación del estado de la vivienda y sus elementos, así como para la realización de cualquier tipo de obra o reparación que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda arrendada como en el edificio del que forma parte.
Y la otra:
El arrendatario hace expresa y formal renuncia a todos los beneficios y derechos especiales que le concede la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, y que teniendo el carácter de renunciables, no se le reconozcan expresamente en el presente contrato.
Serías tan amable de explicarme lo que significa.
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Respuesta de Manuel Pregal
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