Quien paga la puerta el arrendador o el arrendatario
Mi pregunta es la siguiente, soy el arrendatario de un local con contrato de alquiler desde el año 1996, las obras y reformas iniciales de dicho local fueron abonadas por mi, pero ahora y tras tantos años de uso resulta que la puerta principal de entrada al local la cual tiene así como unos 45 años, es ta en muy mal estado, yo la he tenido que reparar en numerosas ocasiones, pero ya esta muy pero que muy mal, por lo que solicite verbalmente a la propiedad que me sustituiría la puerta, y la propiedad me contesto a través de su abogado el cual me hace saber que son obras y/o reformas de mejora y se ata al articulo 19 ( ELEVACIÓN DE RENTA POR MEJORAS ) y que tengo que sufrir una elevación de las rrentas, yo no lo entiendo así, puesto que, yo no le pido ninguna obra de mejora, sino que la dichosa puerta esta prácticamente inservible por la cantidad de años que tiene, en fin quedo a la espera de sus noticias, mientras reciba un cordial saludo.
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Respuesta de Manuel Pregal
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