Inquilinos se marchan antes del año

hola, tengo un piso alquilado desde agosto. Ya les advertí que si no llegaban al año no devolvía la fianza. Puedo hacerlo según la ley? Tengo entendido que si. Me avisan hoy por mensaje que se van el 1 de marzo. Ni si quiera me dan un mes o dos de aviso.

me urge pues me reúno con ellos mañana.

Gracias.

Respuesta
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La Ley dice que "los pactos han de ser cumplidos". Es decir, que deben atenerse a lo que diga el contrato para casos de "cancelación anticipada" del mismo.

Si no dice nada, se entiende que el inquilino ha de responder por todo el plazo contratado (1 año, 2, 5 o los que sean). Durante ese tiempo la vivienda estará a disposición del inquilino (la use o no), quien deberá seguir pagando.

Si el objetivo es llegar a un acuerdo amistoso (Usted recupera la vivienda y ellos no pagar el resto de contrato), se suele negociar una indemnización que generalmente es el importe de la fianza.

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