Rescisión contrato de Alquiler

Hola lopezcollado,

el pasado agosto firme un contrato de alquiler para comenzar a vivir el 1 de septiembre de 2012, con una duración de un año en Madrid.

Por diversas circunstancias deseo rescindir el contrato de alquiler a partir del 1 de Marzo. He llamado al casero para preguntarle si esto era posible, y me ha indicado que no, que el contrato firmado había que cumplirlo.

¿Es cierto o existe alguna forma de rescindir el contrato? Tenía entendido que con la ley del año pasado el inquilino podía rescindir el contrato avisando con un mes de antelación, pero no me queda claro, y no se las repercusiones que puede tener.

Gracias!

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Deberá mirar el contrato, lo establecido para el caso de rescisión anticipada por parte del inquilino: si nada dice, la ley establece (para los contratos de plazo superior a 5 años) una indemnización de un mes por año que restara por cumplir.

Para los contratos de plazo inferior a 5 años, nada dice, pero el juez, si le reclamaran la renta total que restara por cumplir, podría condenarle a abonarla, por el principio pacta sunt servanda, esto es, los pactos están para cumplirse

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