Subrogar renta antigua

Buenos días:

Existe un inmueble que es de renta antigua y la titular (llamémosla abuela) subrogó hace años a su hija dicho alquiler (llamémosla hija) ,¿puede continuar subrogándose dicho alquiler una vez mas a su nieta cuando la hija fallezca?

Si es así, ¿tiene que darse algún requisito o condición? (por ejemplo, tener que estar empadronado en esa casa o que figure como vivienda habitual...)

Gracias

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Al haber ya una subrogación no caben otras posteriores, por lo que al fallecimiento del subrogado actual (hija) se extinguirá el contrato.

Sólo hay una excepción a esto, y es que la primera subrogación se produjese antes de 1995. Si estuviésemos en ese caso, la nieta podría subrogarse durante 2 años o hasta cumplir 25 años de edad llegado el fallecimiento de la hija. Para ello debería demostrar que convivió en el domicilio los 2 últimos años de vida de la hija.

Suerte.

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