Contrato de arras y porcentaje.

Mi situación es la siguiente:
Tengo un piso el cual tengo puesto a la venta, y existe un muy posible comprador.
Mis dudas son las siguientes:
Mediante un contrato de arras confirmatorias ¿se obliga tanto al comprador como al vendedor a cumplir con la compra o venta? ¿Es conveniente realizar este tipo de contrato? ¿Qué porcentaje sería aconsejable pedir de señal teniendo en cuenta que el acuerdo llegado es en 264.445? Y el plazo de entrega de la vivienda es en enero- ¿Febrero 2008?
Respuesta
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Para seguridad jurídica de ambas partes, le recomiendo que realicen el contrato de arras, y sí, obliga a ambas partes a menos que incluyan algún tipo de cláusula eximidora de alguna de las dos partes (por ejemplo, la devolución de las arras al comprador si éste no lograse que ningún banco le concediese la financiación).
El porcentaje que suelen solicitar las promotoras para viviendas de obra nueva oscila entre el 10 por ciento y el 20 por ciento, usted elija una cantidad de dinero que no asuste al comprador (tenga en cuenta que las promotoras permiten el pago aplazado, normalmente en meses o trimestres). Mi recomendación sería solicitar entre el 5 por ciento y el 10 por ciento.
SI está conforme con la respuesta, no olvide finalizarla.

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