Derramas extraordinarias en C. De Propietarios

Me dirijo a usted para hacerle la siguiente consulta:
En mi comunidad de propietarios se están haciendo trabajos con motivo de la IT del Ayuntamiento, para lo cual se ha decido hacer durante un año derramas extraordinarias de un elevado importe, esto fue acordado en una junta de vecinos. Posteriormente y de forma casual me he enterado que hay un vecino que está pagando una cuota mensual bastante inferior a la acordada (y lo he podido comprobar), el administrador de la finca no lo ha comunicado al resto de propietarios, lo cual creo que esto no debe ser así y que está actuando erróneamente. Si esta situación se sigue dando, transcurrido un año no habrá fondos suficientes para hacer frente al pago ya que este vecino no está aportando la cantidad pactada. Me temo que la solución alternativa que el administrador nos va a dar al resto de vecinos es hacer de nuevo una derrama extraordinaria para llegar a la cantidad que se estableció y que hay que pagar, y que el resto cubramos la parte que él no está pagando. Lo que quiero saber es si en ese caso estaría obligada a hacer frente a una nueva derrama extraordinaria, teniendo en cuenta que yo he pagado la totalidad de mí parte y que esta derrama sería para saldar la deuda de un vecino moroso. A todo esto debo argumentar en mi favor para que vea el esfuerzo de pago que yo estoy haciendo, ¿qué la derrama extraordinaria que se está pagando es de 350? ¿Y mi pensión ronda los 300?. Podría decirme qué derechos me amparan llegada la situación que le he planteado.

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Por supuesto que no deben pagar las cuotas de un vecino moroso. Ese vecino, por su condición de moroso, no tiene derecho a votar en las reuniones de comunidad y además, se le puede demandar mediante un procedimiento especifico por parte de la comunidad por el importe que deba a la misma.
Muchas gracias por su respuesta y ayuda, tan solo quería hacerle una puntualización más; en el caso de que el resto de vecinos estuvieran de acuerdo por unanimidad a que haya otra derrrama extraordinaria para cubrir la parte que el no ha pagado. ¿Me pueden obligar a ello?.
Muchas gracias y un saludo.
No tienen por que obligarle si se demuestra que esa derrama es para cubrir la morosidad de ese vecino, usted podrá impugnar el acuerdo que se tome.

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