Junta de compensación

Tengo una propiedad en una urbanización regida por una junta de compensación,
se hizo un pago para una reparación y en una reunión de la junta se acordó que el
que no hubiera pagado la totalidad se le aplicaría un incremento.
Por un descuido deje pendiente una cantidad que no supera el 8% del total y ahora
me quieren cobrar la totalidad del incremento, yo estoy dispuesto a pagar la deuda
más el incremento porcentual de la penalización de dicha deuda cosa que no aceptan.
Es legal lo que quieren hacer y si no es así a quien me tengo que dirigir para
reclamar al ayuntamiento.
Saludos
Respuesta
1
Para este asunto, habrá de tener el cuenta las normas o los acuerdos que tengan establecida la Junta de Compensación.
Realmente no me aclara en que consiste el incremento, que, particularmente, pienso que será un recargo porcentual, aplicado a la cantidad pendiente de cobro.
No me aclara si el Ayuntamiento le ha cobrado, o no, el incremento, pues según sea el caso, habrá que usar un procedimiento u otro.
El incremento es un 10% de la cantidad total, pero me quieren cobrar no el recargo porcentual de la cantidad pendiente si no del total.
Al ser junta de compensación las reparaciones las gestiones y los cobros los realiza directamente la junta pues el ayuntamiento no quiere saber nada de la urbanización hasta que no tenga todos los servicios instalados, solamente cuando tiene que cobrar el catastro que entonces si que esta dispuesto.
Del incremento no he pagado de momento nada, entonces debo un 8% de la cantidad total más el incremento.
Saludos
Repito que se ha de conducir, por el acuerdo que se adoptó, en su día, pues si está suficientemente publicado (a cada uno de los propietarios) y ha pasado el tiempo de impugnación del mismo, ese acuerdo es FIRME y hay que atenerse al mismo.
Otra cosa es que sigo pensando que ud. debe de pagar, solamente, el 10%, de la cantidad pendiente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas