Cerramiento parcial en una terraza de uso exclusivo
Me gustaría que algún experto en la materia me contestara a las preguntas que haré al final de mi exposición.
Tengo una vivienda de planta baja con dos terrazas, una es de uso exclusivo y otra de uso y disfrute.
En la primera, la de uso exclusivo, que repito esta situada en una planta baja deseo hacer un cerramiento parcial, he pedido autorización a la comunidad de propietarios, y sin dejar casi exponer la cuestión una vez realizada se hizo una votación a mano alzada y entendió el administrador que quedaba denegada tal autorización.
En el acta de la junta dice que no se autorizo dicho cerramiento, sin más, es decir no dice si se voto por mayoría o por unanimidad, numero de votos a favor en contra, etc. Aunque esta claro que el administrador quiso que se hiciera por unanimidad pero no lo dice.
Si como esta comprobado el cerramiento no va en contra de los estatutos de la comunidad que lo único que hace es recoger la vigente ley de Propiedad Horizontal en cuanto a que un propietario podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, y cuando digo comprobado es que desde el exterior no seria para nada visible y entiendo que no modifica la estructura ni ningún otro parámetro expuesto con anterioridad, ¿no seria necesaria una votación por mayoría y no por unanimidad?, puesto que esta solo es exigible por modificación del titulo de propiedad horizontal o estatutos.
En el recibo del IBI viene que la superficie de esta terraza tributa y forma parte de la casa como bien privativo y en la escritura habla, repito que esa terraza es de uso exclusivo
Preguntas:
¿La votación no debería haber sido por mayoría?
¿El administrador en todo caso no debería haber puesto que la votación fue por unanimidad pues entendía que alteraba los estatutos de la comunidad?
¿Qué puedo hacer para hacerle ver si esta confundido y con que razonamientos para que lo entienda?
Tengo una vivienda de planta baja con dos terrazas, una es de uso exclusivo y otra de uso y disfrute.
En la primera, la de uso exclusivo, que repito esta situada en una planta baja deseo hacer un cerramiento parcial, he pedido autorización a la comunidad de propietarios, y sin dejar casi exponer la cuestión una vez realizada se hizo una votación a mano alzada y entendió el administrador que quedaba denegada tal autorización.
En el acta de la junta dice que no se autorizo dicho cerramiento, sin más, es decir no dice si se voto por mayoría o por unanimidad, numero de votos a favor en contra, etc. Aunque esta claro que el administrador quiso que se hiciera por unanimidad pero no lo dice.
Si como esta comprobado el cerramiento no va en contra de los estatutos de la comunidad que lo único que hace es recoger la vigente ley de Propiedad Horizontal en cuanto a que un propietario podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, y cuando digo comprobado es que desde el exterior no seria para nada visible y entiendo que no modifica la estructura ni ningún otro parámetro expuesto con anterioridad, ¿no seria necesaria una votación por mayoría y no por unanimidad?, puesto que esta solo es exigible por modificación del titulo de propiedad horizontal o estatutos.
En el recibo del IBI viene que la superficie de esta terraza tributa y forma parte de la casa como bien privativo y en la escritura habla, repito que esa terraza es de uso exclusivo
Preguntas:
¿La votación no debería haber sido por mayoría?
¿El administrador en todo caso no debería haber puesto que la votación fue por unanimidad pues entendía que alteraba los estatutos de la comunidad?
¿Qué puedo hacer para hacerle ver si esta confundido y con que razonamientos para que lo entienda?
Respuesta de manugba
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