Error en cuota de participación vecinos

Hola,
somos una comunidad constituida por 6 portales. En las escrituras únicamente se mencionan las cuotas de cada vecino respecto a los 6 portales pero, a la hora de realizar obras o arreglos dentro de cada portal se decidió hacerlo de manera individual (por portales).
La cuestión es que cada portal realizó el cálculo de la cuota para cada uno de sus vecinos, pero ahora nos hemos dado cuenta que en el nuestro había un porcentaje mal calculado que afectaba a dos vecinos (uno de ellos estaba pagando parte de la cuota del otro).
Una vez advertido el error lo hemos corregido y a partir de ahora lo haremos así pero estos últimos años esos dos vecinos han pagado de forma incorrecta. Hemos calculado lo que uno ha pagado de más y el otro de menos en estos últimos 4 años, pero al que ahora le toca pagar más se niega a hacerlo.
Mi pregunta es: ¿Puede negarse a pagarlo? ¿Cuántos años de pagos se le pueden reclamar? ¿Estos pagos "prescriben" pasado un tiempo?
Muchas gracias por su respuesta

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Respuesta
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1.- La obligación de pago, es con arreglo a su cuota de participación.
2.- La prescripción de las deudas de las Comunidades, están regidas por los plazos de prescripción general, es decir 15 años.
3.- Las deudas se puede reclamar, lo que varía es el procedimiento, ya que de la deuda del ejercicio actual y del anterior, responde la vivienda.
4.- Si la Comunidad no ha procedido al abono, al propietario perjudicado, de las cuotas pagadas de más, no está legitimada para reclamar nada, puesto que el presunto deudor, no le debe nada a la Comunidad.
Espero haber resuelto sus preguntas.

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