¿A qué servicios afecta la cuota de participación?

Vivo en un apartamento en una Comunidad de 7 propietarios. Hasta ahora, desde 2006 que se constituye la Comunidad se ha pagado la cuota de la misma a partes iguales. Hace 8 meses escuché sobre la Ley de Propiedad Horizontal y me infomé. Pedí los estatutos en el Registro de la Propiedad y descubrí que en los mismos se establecía dicha LPH como norma reguladora del edificio asignando a cada vivienda su porcentaje de cuota de participación. En mi caso es un 8.05% y los demás son de 13.51% en adelante. Nadie estaba dispuesto a acogerse a la norma de los estatutos ya que no comprendían porqué yo tenía que pagar menos y porqué no lo había reclamado hasta entonces. En la actualidad no llegamos a ningún acuerdo desde hace 8 meses y se niegan a ser asesorados por un administrador.
En la última reunión accedieron modificar las cuotas pero "a su manera", ahora dicen que la luz de la comunidad, los gastos de la empresa de limpieza externa o el vado tienen que ser abonados a partes iguales porque yo utilizo la luz igual que ellos o porque la empresa de limpieza se contrató posterior a que se establecieran los estatutos de la comunidad. ¿Tienen razón?
Por otro lado cada vecino dispone de una cochera, todas son iguales y desconozco si los gastos derivados de las mismas (el vado, la limpieza de las cocheras o la luz) se dividen en partes iguales o según coeficiente de participación. Las cocheras aparecen como parte privativa al igual que los trasteros y los pisos. El resto se describe como zonas comunes. ¿Tengo qué pagarlos gastos derivados del garaje a partes iguales?
Me han aconsejado que ya que la Ley me ampara y al no llegar a un acuerdo, calcule lo que me corresponde y no pague nada más que el importé según cuota de participación pero yo no quiero entrar en más problemas y ser morosa a ojos de la comunidad. ¿Pueden hacerlo? ¿Qué puedo hacer? ¿Tengo qué llevar este problema vía judicial si se niegan a aceptar mis derechos? No hay posibilidad de llegar a un acuerdo y quiero hacer las cosas bien pero llevo mucho tiempo pagando el doble de lo que debería pagar.

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Te dejo un link a la LPH http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm
Para que puedas recurrir tienes que estar al corriente de las cuotas, no puedes pagar lo que tú calcules, sino lo que te piden y después reclamar la diferencia judicialmente, o por lo menos eso es lo que leo yo en la Ley, pero no soy abogado.
Creo que debes consultar con un abogado y hacer lo que él te diga, para conseguir que la comunidad acepte lo que es legal, es decir que tú debes pagar el 8,05% en todo.

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