Derramas por real decreto

Nos hemos encontrado una carta del administrador de la finca:
"En la Comunidad..., la Junta de Gobierno????, debido a la urgencia??? Que requería el caso, ha aprobado el presupuesto presentado por..., refrente a la rehabilitación integral de la terraza comuntaria, del que se detallan los trabajos efectuados:... Importe de los trabajos 10.000 ?".
Sin tener fondos suficientes la Comunidad para cubrir ei importe de esta factura, y sin consultar con nadie, el administrador anuncia por las buenas, que ya se han realizado los trabajos, que el importe de los mismos ya ha sido abonado íntegramente por él, y que gira tres recibos a cada uno de los copropietarios para cubrir este gasto.
El propietario del piso ático es el presidente, y no conocemos a ninguna Junta de Gobierno, ni urgencia alguna en la finca, salvo un incendio que se declaró en el piso ático.
¿Cómo se puede considerar una rehabilitación integral de la terraza comunitaria una urgencia, y crear de la nada una Junta de Gobierno?
¿Estamos los obligados a pagar esas derramas, sin estar aprobadas por la Junta de copropietarios?
Respuesta
1
Los órganos de gobierno de una Comunidad (artículo 13 de la ley de Propiedad Horizontal) son: a) La Junta de Propietarios b) El presidente y en su caso los vicepresidentes c) el secretario y d) el administrador.
Tal y como nos relata su caso, entendemos que el administrador, de acuerdo con el presidente ( la Junta de Gobierno) han decidido acometer la obra, sin tener que aprobarla en Junta de vecinos, debido a su urgencia.
Incluso sin consultar al presidente, según el artículo 20 c) de la mencionada Ley, el administrador puede disponer las reparaciones y medidas que resulten URGENTES, dando inmediatamente cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
Luego, lo único que hay que dilucidar es si la obra era REALMENTE URGENTE.
Le aconsejamos que hable con el presidente de la comunidad, para saber si realmente ha sido consultado por el administrador, y que él o el mismo administrador le expliquen LA RAZÓN DE LA URGENCIA incluso con un análisis técnico.
Le agradezco su respuesta.
Hace día que intento contestar, pero no es posible.
El termino junta de gobierno no aparece reflejado en la Ley de la Propiedad Horizontal, pero sí la convocatoria de reunión de la junta de copropietarios, que en caso de urgencia puede celebrarse en la misma escalera, y en la que puede existir oposición en su caso a las actuaciones que se propongan en el orden del día.
No encuentro lógico, que la primera noticia que se tenga de un problema en la finca, sea la obligación de hacer frente a unas derramas, correspondientes a una actuación ya realizada, y por se importe tan elevado.
Entiendo que el presidente no ostenta la capacidad de decidir sobre los asuntos que competen a la Comunidad, ya que para eso está la junta de copropietarios.
Por todo ello, pienso que es muy difícil de justificar, una decisión del presidente de tal calado, pues se excede con mucho de la administración ordinaria de la finca.
No es razonable tener que pagar derramas por las buenas, y luego tener que reclamar responsabilidades ante el juzgado de lo civil, con el gasto económico que ello supone.
Estamos totalmente de acuerdo con Vd. en que no es razonable pagar derramas extras por las buenas, por eso le aconsejábamos que EXIGIESE responsabilidades a la persona que tomó la decisión (el administrador o el presidentede la comunidad o ambos ) de hacer la obra sin consultar a la Junta de Vecinos, EXIGIÉNDOLE también que JUSTIFIQUE LA URGENCIA de la reparación.
También le aconsejamos que se convoque una Junta (la puede convocar o el presidente o un 25% de vecinos o un nº inferior de vecinos pero que ostenten al menos el 25% de las cuotas) y que como un punto del orden del día figure la justificación de la urgencia de la reparación.
También puede aclarar en dicha Junta que para el futuro no se procederá a ninguna reparación a no ser que sea de extrema urgencia y que inmediatamente después deberá justificarse fehacientemente dicha urgencia ante la Junta de propietarios.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas