Un propietario que ha adquirido su vivienda mediante subasta en el juzgado, debe de pagar atrasos
Un propietario que ha adquirido su vivienda mediante subasta en el juzgado a una empresa mercantil concursada debe de pagar los atrasos de la comunidad de dos años como marca la ley, o está exento de los mismos.
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Respuesta de manel castro
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