Permisos para un Porche en la terraza

Vivo en una urbanización de 10 vecinos, 2 viviendas chalet adosadas y el resto tenemos vivienda abajo con jardín y vecino arriba, nosotros vivimos en el piso de abajo con jardín y queremos poner un porche, hemos pedido permiso a la comunidad de vecinos y en la última reunión después de enviar por correo los administradores la orden del día en la que solicitábamos permiso para instalación de porche, se acordó en la misma que nos daban el permiso pero de los 10 vecinos solo asistieron 2 (algunos no se presentaron porque tenían deudas con la cuota de la comunidad) estos 2 vecinos votaron que "SI" nos lo concedían, han pasado ya 3 meses y nos han dicho que ya es legal comenzar la obra con los debidos permisos del ayuntamiento, mi pregunta es la siguiente:

¿Si no han votado todos es legal que yo comience la obra?

¿Necesito la unanimidad de todos o me sirve con la unanimidad de los que asistieron a la junta ordinaria anual?

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Si se ha acorado en junta por unanimidad es decir que nadie se ha opuesto, y si en el plazo de un mes desde que se recibió la convocatoria nadie a mostrado su disconformidad y si nadie ha impugnado dicho acuerdo judicialmente, este el legal puesto que se ha aprobado por unanimidad y usted puede realizar lo que se ha acordado por unanimidad en el acta.

Pero a la junta solo acudieron 3 vecinos de los 10 que somos, y tengo entendido que el plazo para impugnar la junta es de 3 meses a partir del día de la junta ordinaria, es esto correcto?

Efectivamente el plazo de impugnación es de tres meses pero la impugnación no tiene porque prosperar si el acuerdo se ha tomado legalmente.

Si la junta esta bien convocada y acudiera solo un propietario sería también legal.

Las juntas se impugnan si hay un error formal o material y por otro lado para mostrar la disconformidad es un mes desde que se recibe el acta.

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