Deuda pendiente de la comunidad

En la comunidad tienen una deuda pendiente del año 2004, yo compre el piso en el 2010 a través de una gestoría, quienes me dieron un documento firmado en el cual indicaban que no tenia deudas de comunidad y cuando se firmaron las escrituras en la gestoría una de las clausulas era que el piso estaba libre de cargas, mi pregunta es me ¿me pueden cobrar una derrama de esa deuda?, si me niego a pagar y vamos a juicio en que influye los documentos que tengo, los cuales aseguran que no hay deudas pendientes.

Respuesta
1

Tiene usted una pregunta de idéntico sentido sin cerrar abierta, por lo que le ruego que cierre y valore la anterior antes de formular una nueva.

hola

no encuentro la otra pregunta sin cerrar, es la primera pregunta que realizo desde que me e registrado, pero si lo hubiera te agradecería que me dieras el enlace de la otra pregunta.

gracias

Como puede imaginar no voy a ponerme a localizar preguntas entre más de trescientas que hay sin cerrar.

Si el asunto es como usted lo plantea y tiene en su poder el documento de la gestoría y así consta en las escrituras, la comunidad deberá procurar el pago de la deuda existente al anterior propietario no a usted y en cualquier caso, éste deberá responderle por evicción y saneamiento de los arts. 1461, 1474 y 1484 del Código Civil.

Ruego cierre la pregunta

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas