Tasación condicionada a inscripción de exceso de cabid

Mi pregunta está relacionada con la compra de un dúplex que estoy llevando a cabo. Una vez realizada la tasación, ésta aparece condicionada a que se inscriba en el registro de la propiedad el número de metros cuadrados comprobados durante la tasación y que difiere en más de un 50% de los metros que aparecen en la nota simple.
Dicha diferencia se debe principalmente a la habilitación de la buhardilla del dúplex con posterioridad a la adquisición original.
Quisiera saber cuál es el trámite concreto que se deriva de dicho condicionante. Es decir, ¿es necesario llevar a cabo un proceso previo de inscripción basado en un informe técnico? ¿Puede esta modificación de la escritura y del registro llevarse a cabo a la misma vez que se realiza el cambio de titularidad ante notario?
Sospecho que el banco puede condicionar la firma de la hipoteca a que se haga una rectificación previa del registro, y por tanto independiente a la de compra-venta. Si es así, intuyo que (aunque siempre es algo que está sujeto a negociación) debería correr a cuenta del propietario actual.
Si es posible también me gustaría saber cuál sería el coste aproximado de todo el proceso.

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En buena lógica, cuando uno vende una vivienda, debe aportar la documentación correspondiente a lo que vende. En su caso, el vendedor debería aportar la escritura que avala la titularidad y la legalidad del bien en su totalidad, por lo que debería asumir los costes correspondientes a la actualización de escritura si la hubiera. Lamentablemente, es muy común que estas cosas no pasen en este país, motivado en buena medida por los gastos que suponen y por la falta de conocimiento.
En primer lugar, es fundamental saber si esa habilitación es legal, dado que de no ser así, no podrá ser escriturada como vivienda. Para ello, puedes acudir a un arquitecto de la zona o incluso al arquitecto municipal del ayuntamiento (si es un municipio pequeño), quien tendrá a mano la normativa urbanística del municipio y podrá decir si la habilitación cumple los parámetros urbanísticos de la parcela en la que se ubica (edificabilidad, si se permiten bajocubiertas,...). Si la ampliación es legal, podrá elaborar un informe para la legalización de la ampliación. De no ser legal, la ampliación no podrá constar como metros de vivienda (faltaría ver si lo puede hacer como trastero) y evidentemente no podrá ser valorada como tal, eso es algo que el vendedor debe tener en cuenta a la hora de fijar el precio.
En segundo lugar, no mencionas si se trata de una vivienda unifamiliar, o el dúplex pertenece a una comunidad de propietarios, con elementos comunes en el edificio. En el primer caso, no revestiría mayor problema que la modificación de la escritura de la vivienda, pero en el segundo caso, se alteraría la cuota de repercusión de elementos comunes de todos los propietarios si estas dependen de los metros de vivienda, y no hace falta decir lo que eso supondría, ya que se alterarían todas las escrituras (aunque es el notario quien decidiría hasta dónde hay que llegar para hacer las cosas bien).
Finalmente, quien determina si se puede alterar la escritura a la vez que se efectúa la compraventa es el notario. Yo he visto hacer cosas parecidas sin ningún problema, pero eso depende de cada notario. En cuanto al banco, no debería haber problema, ya que en la formalización de la compraventa se revisa la escritura antes de firmar, y esta ya estará modificada si se ha aportado todo lo necesario al notario. El propio notario es quien da fe de que eso se registrará así, y a eso el banco no puede ponerle pegas. De los costes que implicaría, siento no poder decirte nada ya que no estoy vinculado al ejercicio notarial, pero seguro que es más barato hacerlo todo a la vez.
Muchas gracias por la respuesta. El dúplex es unifamiliar, con lo que sólo debería conllevar la modificación de su propia escritura.
Me ha aclarado completamente la situación, confirmando mis sospechas. Agradezco de nuevo el tiempo dedicado de forma tan generosa.
Un saludo.

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