Como puse anteriormente la pregunta se refiere a una contestación que he visto. sobre el deposito o "fianza" legal y obligatorio de los alquileres. E intente hacer la pregunta debajo de la contestación y no supe hacerlo.
Para mí. Organismos de la comunidad autonómica correspondiente, En donde he efectuado el deposito. Si no hay nada en contra, al finalizar al cabo de los años; Sean 5 o mas; el alquiler de local u oficina, etc.. Me debe mi deposito. El organismo competente. Con tal cosa creo que se debería reflejarse contablemente, como un deudor. dígase alguna cuenta del grupo 4.
Si desaparece el Sr/a que me ha alquilado la oficina. Yo debo de rescatar mi deposito Legal. Por tal motivo, debería contabilizarse un deudor a largo plazo. el organismo competente en cuestión. Y no hacerlo directamente a la cuenta 260. a 570.
Habría que dejar reflejado ese Organismo como deudor del deposito., Es lo que digo yo, en una cuenta del grupo 4. aun si cabe grupo 5. , pero no me gusta el hecho de que no quede reflejado quien me devolverá mi deposito. Y quien lo hace trabajar mi dinero. Y mas quien me lo tiene que devolver.
Gracias por la respuesta tan rápidamente.