Sociedad Civil o Comunidad de Bienes, Responsabilidades frente a acreedores y Alta en Autónomos.
Queremos plantearles una duda respecto a nuestra futura actividad.
Somos cuatro futuros socios que tenemos un caballo que a partir de primavera correrá algunas carreras en hipódromos de España, sin transcendencia económica ya que es mas un hobby ya que este caballo tiene poco nivel.
No queremos constituir una sociedad limitada y si o una comunidad de bienes o una socieadad civil pero se nos plantean dos dudas:
1º En cualquiera de las dos formas los socios responden frente a acreedores de la misma forma, alguna es mas beneficiosa que otra, ¿por ejemplo que respondan solo por su porcentaje de participación?
2º Todos los socios tiene que estar dados de alta en autónomos, es posible que de alguna de las dos formas soloe este uno, como.
¿Dónde podemos encontrar normaltiva al respecto de las dos cuestiones?